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Cambios en el Bono Social eléctrico: así afectará a los beneficiarios a partir de 2025

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El Bono Social eléctrico va a sufrir una serie de cambios que afectarán de manera directa a los consumidores beneficiados de esta ayuda. El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de junio la prórroga de esta ayuda energética que tiene como objetivo proteger a los colectivos más vulnerables y garantizar el consumo de luz, agua y gas a aquellos con dificultades.

Se trata de un descuento que se aplica en la factura eléctrica de aquellos ciudadanos que son considerados como "consumidores vulnerables" gracias al artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, donde se establece esta condición a aquellos consumidores de electricidad que cumplan con las características sociales, de consumo y poder adquisitivo que se determinan por el ministerio.

Además, el propio ministerio clasifica los tipos de consumidores vulnerables para otorgar mayor o menor descuento en función de su condición. Por un lado, existe la categoría de consumidor vulnerable, como ya se ha mencionado, y la categoría de consumidor vulnerable severo, que permite al ciudadano acceder a un mayor porcentaje de descuento en su factura de la luz.

Cambios para el Bono Social eléctrico en 2025

A pesar de que el Gobierno ha prorrogado el Bono Social eléctrico hasta el 30 de junio de 2025, y ha mantenido la prohibición de cortar los suministros básicos de luz, agua y gas a los consumidores vulnerables en caso de impago hasta final de año, esta ayuda ira reduciéndose de manera gradual hasta llegar a mediados de año.

Actualmente, el descuento aplicado hasta el 31 de diciembre es del 57% para los consumidores vulnerables y del 72,5% para los consumidores vulnerables severos. No obstante, a partir del 1 de enero de 2025 estos descuentos continuarán cayendo.

Desde la entrada de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y del 65% para el grupo severo. Pero no acaba aquí. Del 1 de abril al 30 de junio los descuentos de los consumidores vulnerables caerán hasta el 42,5% y el de los consumidores vulnerables severos hasta el 57,5%.

Por último, será desde el 1 de julio de 2025 cuando esta ayuda alcance su nivel más bajo, permitiendo una reducción de las facturas del 35% en los consumidores vulnerables y del 50% en los consumidores con riesgos severos.

Requisitos para acceder a la ayuda

Para acceder al Bono eléctrico, es importante reunir estos requisitos:

- Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual. El PVPC es un precio al que se pueden acoger los titulares de los puntos de suministro, que sean personas físicas o microempresas, con tensiones no superiores a 1 kV y con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, que se calcula a partir de una metodología establecida por el Gobierno. El PVPC incluye el coste de la energía, impuestos, peajes y cargos. No incorpora otros productos o servicios adicionales.

- Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos. Estos son:

Ser consumidor vulnerable

Para ello, será necesario cumplir con una serie de requisitos:

1. Que la renta anual, ya sea conjunta o individual sea 1,5 menor o igual que el IPREM

2. Tener posesión del título de familia numerosa.

3. Que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente)

4. Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital

Ser consumidor vulnerable severo

1. Percibir una renta que esté un 50% por debajo de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable

2. Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.800€.

3. Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.400€.

4. Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital

Ser consumidor en riesgo de exclusión social

- Límites de energía sujeta a descuentos del bono social eléctrico

Para más información, es necesario acceder a la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.




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