Muere por un resbalón en la Plaza Nueva de Sevilla y la familia reclama 230.000 euros de inmdenización
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Los hechos tuvieron lugar el 8 de junio de 2018. Estuvo lloviendo toda la mañana y el pavimento de mármol de la Plaza Nueva de Sevilla estaba mojado, lo que hacía que el piso estuviese resbaladizo, según la reclamación patrimonial presentada ante la Gerencia Municipal de Urbanismo por el letrado de la familia, Tomás Gamero Martínez. Todo el suelo de la Plaza Nueva está pavimentada de mármol blanco, con alguna cenefas de color rojo y gris. Según la reclamación de la familia del finado, las cenefas rojas son resbaladizas incluso en seco porque están pulidas».
Frente al bar Capitol
Tomás M. B, un sevillano de 81 años, cruzaba ese día con su hijo la Plaza Nueva sobre las 13,30 horas. Se dirigía a la calle Méndez Núñez y se disponía a cruzar por la esquina de la plaza, frente al bar Capitol, en una zona que tiene un cierto desnivel, pero apreciable a simple vista.
Según su familia, «el fallecido, de 81 años, pero con perfecto estado de salud y sin problemas de deambulación alguno, portaba un paraguas abierto en su mano derecha y al pasar por encima de dichas cenefas de mármol rojo, mojadas y con cierta pendiente hacia abajo, resbaló en las mismas cayendo hacia atrás, golpeándose violentamente con el suelo con la parte occipital derecha de la cabeza», quedando inconsciente en el suelo. La familia de Tomás asegura que no pudo amortiguar la caída con las manos porque llevaba abierto el paraguas.
El accidentado fue atendido por una patrulla de la Policía Local que estaba aparcada en el Hotel Inglaterra, que avisó a los servicios de urgencia. Tomás fue evacuado a un centro hospitalario sobre las 14,00 horas, donde finalmente falleció el 25 de junio de 2018.
Suelo de mármol resbaladizo
El Juzgado de Instrucción 17 de Sevilla abrió una investigación sobre los hechos, revelando la autopsia que la causa del fallecimiento se produjo como consecuencia del traumatismo craneoencefálico sufrido, aunque se archivaron las diligencias por entender que los hechos no eran constitutivos de una infracción penal.
Ahora, la familia ha presentado una reclamación patrimonial ante el Ayuntamiento al entender que del daño causado es consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos, ya que ese pavimento es muy resbaladizo e «incumple el Código Técnico de Edificación en cuanto a la seguridad frente al riesgo de caídas, riego que se acentúa en suelo mojado, sin que exista siquiera indicación alguna que advierta a los usuarios». De hecho, el letrado Juan Gamero añade que en el lugar del fatal accidente son frecuentes las caídas de viandantes cuando llueve y el pavimento está mojado, algo de lo que son testigos los establecientos cercanos.
A juicio de los reclamantes, la causa del accidente «es la no realización por parte del Ayuntamiento de su deber de tener y mantener los suelos públicos en condiciones de utilización segura por los ciudadanos y con la necesaria resistencia al deslizamiento, así como advertir de posibles situaciones de riesgo para los usuarios de lugares públicos».