La fiscalía descarta prevaricación de Antonio Román y archiva la causa por el mercado de Abastos
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Según explicó la fiscalía provincial dos días después de hacerse pública esta decisión, se da por descartado un delito de prevaricación, alegando que la aprobación mediante decreto firmado por el denunciado (Antonio Román) del acta de comprobación y la autorización de la puesta a disposición de la Plaza de Abastos se realizó «con el sustento legal del artículo 243.6 de la Ley de Servicios Públicos».
Por tanto, aduce la fiscalía que este texto autoriza a que de forma legal se acuerde la ocupación de las obras o la puesta a disposición antes del acto formal de recepción atribuyendo la competencia para tomar la decisión al Órgano de contratación siendo en este caso las razones de interés público concurrentes el cumplimiento de los objetivos fijados en la estrategia de desarrollo urbano del casco de Guadalajara.
Del mismo modo, la fiscalía valora para determinar el archivo que «no ha quedado acreditado que por parte del denunciado se hubiese firmado una licencia de ocupación de vía pública para explotación hostelera del mercado de abastos sin concurrencia de terceros sin concurso toda vez que no se ha aportado por el denunciante prueba documental o testifical que permita acreditar este extremo».
Por otra parte, de las declaraciones testificales prestadas «no se ha extraído ningún dato que avale dicha conclusión». Por todo ello, la fiscalía decreta el archivo de las presentes diligencias al entender que los hechos «no son constitutivos de infracción penal».
En todo caso, la argumentación sí que admite que una empresa ocupó este espacio impulsado por el anterior Gobierno municipal en días previos al proceso electoral previsto para el 26 de mayo, extremo que motivó la crítica y denuncia del rival político.
