La ley Zaldívar, perversidad que atenta contra la democracia
El ministro y decano de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Fernando Franco admitió a trámite la demanda de senadores de oposición para invalidar la reforma que prolonga dos años la presidencia de Arturo Zaldívar y los nombramientos de los seis consejeros de la Judicatura Federal.
Esta acción promovida por los representantes populares de oposición de la Cámara Alta coincidió con un seminario organizado en la cámara de diputados, en el cual varios magistrados se opusieron a la ampliación de mandato del ministro presidente de la SCJN y a la intromisión del Jefe del Ejecutivo Federal en el Poder Judicial.
En la cámara Baja se llevó a cabo el seminario “El Poder Judicial analizado por las y los juzgadores”, que forma parte del Seminario “Autonomía e Independencia Judiciales, División de Poderes y Democracia”, con la participación de magistradas y magistrados, quienes externaron comentarios sobre las reformas al Poder Judicial de la Federación
Las diputadas Pilar Ortega Martínez (PAN), Mariana Rodríguez Mier y Terán (PRI), Martha Tagle Martínez (MC), Lorena Villavicencio Ayala (Morena) y Verónica Juárez Piña (PRD), impulsaron la participación de los juzgadores, quienes de entrada se pronunciaron en contra de la Ley Zaldívar ya que violenta la Constitución, por lo que se promueven las acciones de inconstitucionalidad y que por cierto, ya el Juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa admitió un trámite de amparo como parte de la primera demanda en contra del artículo décimo tercero transitorio de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
A La resolución de las acciones de inconstitucionalidad que presentaron senadoras y senadores y como ya referí, fue admitida; se suma la que aportarán en breve los diputados; “será un acto de mayor prioridad para el Poder Judicial de la Federación, pero es posible que siga reglas distintas a la resolución de otras acciones en atención a la consulta formulada por el propio presidente de la Corte”, comentó la legisladora Ortega.
Consideró fundamental recuperar la visión que hay sobre este problema al interior del propio Poder Judicial de la Federación, desde las implicaciones de la aprobación del artículo transitorio hasta las consecuencias de la politización de la justicia que eventualmente se ha abierto a partir de la discusión del citado agregado.
El magistrado Ariel Alberto Rojas Caballero, director de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, señaló fue “el peor momento para hacer una reforma judicial” y el treceavo transitorio “es una consecuencia de toda la perversidad, falta de respeto al procedimiento legislativo, a la democracia, al principio de supremacía constitucional y ha puesto en jaque el poco prestigio que pudieran tener las instituciones en nuestro país”.
Agregó que la independencia judicial “no es un privilegio de los juzgadores”, sino que es la condición necesaria para que los derechos de protección judicial, tutela judicial efectiva y debido proceso, que se encuentran en distintos ordenamientos nacionales e internacionales, puedan tener plena efectividad.
La magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, Marcia Laura Garza Robles, señaló que el esquema de división de poderes que reconoce la Constitución exige un equilibrio, a través de un sistema de pesos y contrapesos tendentes a evitar la consolidación de un poder capaz de producir una distorsión en el sistema de competencias y una afectación al principio democrático a los derechos fundamentales o sus garantías. “Los Poderes de la Unión deben tener garantizada su autonomía en relación con los otros, sin que ello implique desconocer la relación de cooperación que pueda darse entre ellos”.
El magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, Daniel Ricardo Flores López, enfatizó que la independencia judicial es uno de los pilares de la democracia moderna, toda vez que se erige como el último defensor de la Constitución. Estimó que la independencia judicial debe ser parte de la armadura del juez, además de que es necesario garantizar su autonomía para que pueda resolver con plena libertad.