La Audiencia Provincial de Córdoba ha revisado 50 sentencias como consecuencia de la entrada en vigor de la ley 'sólo sí es sí', que regula las agresiones sexuales y tiene como centro neurálgico el consentimiento, pero que ha provocado la reducción de penas para casi un tercio de los condenados cuyas víctimas en muchos casos fueron niños. En los tribunales cordobeses hasta noviembre de 2023 se han registrado 15 reducciones de penas para los condenados por delitos sexuales como consecuencia de la aplicación del nuevo baremo de estos tipos penales, según datos facilitados a ABC por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La Audiencia confirma también con la aplicación de la nueva ley la puesta en libertad de dos condenados por agresiones sexuales a menores. Ahora, han salido a la calle con la aplicación del nuevo texto legal propuesto por el Gobierno y aprobado por las Cortes. El primero de estos casos de excarcelación correspondía al violador de una niña de 12 años. El 21 de noviembre de 2016 la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba condenó a 14 años de prisión a Ángel O., ecuatoriano de 40 años, por inmovilizar, maniatar y colocar una cinta aislante en la boca a una niña de 12 años que estaba bajo su cuidado, para luego violarla al menos en cuatro ocasiones en su casa. Este hombre fue excarcelado el pasado 21 de diciembre de 2022 tras la entrada en vigor de la polémica Ley del 'Sólo sí es sí' , que obligaba a la revisión de su condena para establecerla en 13 años , ocho meses y 29 días. De este modo, su pena estaba ya cumplida y la Autoridad Judicial, sólo horas después del plenillo de jueces de la Audiencia en diciembre de 2022, ordenaba su excarcelación inmediata. La salida de prisión 'adelantada' de este violador se sumó poco después a la de otro depredador sexual, en este caso, el de un hombre acusado de abusar de un menor de 15 años. Hay que recordar que el mismo día de Navidad, la misma Audiencia ordenaba la puesta en libertad del segundo agresor sexual tras aplicársele la ley del 'Sólo sí es sí'. «El tribunal se ha visto obligado por el nuevo texto legal a poner en libertad al reo por el tiempo transcurrido tras reducir la pena a un condenado a siete años de prisión por abusar sexualmente de un adolescente de 15 años que se había ido de casa de sus padres en el verano de 2017 en una localidad cordobesa». En la sentencia de la Sección Tercera se recoge que el acusado acogió en su casa a este adolescente a finales de mayo de 2017. Lo conocía previamente, tras haberse ido de casa, y desde julio hasta el 20 de agosto se aprovechó de las circunstancias personales del chico y de su edad para convencerle a que accediera a realizar diversas prácticas sexuales.