El presidente del Gobierno acostumbra a saltarse a la torera la neutralidad en periodos electorales. Algo que no le sale gratis, literalmente hablando, pues ya son tres veces las que la Junta Electoral Central (JEC) le impone una multa económica y abre expediente sancionadora contra él una cuarta. La última de ellas, este lunes . El órgano rector de los procesos electorales en España obligará a Pedro Sánchez a pagar 1.500 euros por sus declaraciones partidistas durante su viaje oficial a Doha (Catar) a principios de abril. En su gira por Oriente Próximo, el socialista se deshizo en halagos con el candidato del PSC a presidir la Generalitat catalana, Salvador Illa, a falta de mes y medio para la celebración de los comicios catalanes del 12-M. La JEC le censura por cuarta vez, concluyendo en esta ocasión que Sánchez incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), «provocando el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral, vulnerando el art. 50.2 de la Loreg» al apoyar públicamente a Illa, llegando a emplear incluso palabras que coincidían con el lema de los socialistas catalanes en una rueda de prensa conjunta con el primer ministro catarí, Mohamed bin Abdulrahman al Zani. La denuncia contra las declaraciones del presidente en Catar la presentó ERC. Pero, para repasar el historial de multas del líder del ejecutivo español, hay que remontarse al 23 de enero de 2020 . La primera vez que la JEC sancionó a Sánchez fue por usar las dependencias del Palacio de La Moncloa con fines partidistas para grabar desde allí una entrevista concedida al periodista de La Sexta Antonio Ferreras. Las imágenes fueron emitidas en televisión durante la campaña electoral de las elecciones generales del 10 de novimbre de 2019, exactamente el día 7 de ese mismo mes, además de ser difundidas por la propia página web del Gobierno. La Junta Electoral decidió imponerle una sanción en el tramo bajo de la horquilla y el coste a pagar fue de 500 euros . El organismo abrió expediente sancionador al considerar que la utilización de «medios institucionales» en periodo electoral para la promoción del PSOE vulneraba la legislación. El Supremo ratificó la sanción y desestimó el recurso interpuesto por el socialista. El Alto Tribunal estimó que la conducta del líder del Ejecutivo unía «el uso de medios públicos» con «la posterior difusión también por medios públicos». Sánchez sentó predecente hace cuatro años. Hastas entonces, ningún jefe del Gobierno había sido sancionado administrativamente por infringir la ley electoral. Tuvieron que pasar casi tres años hasta que la JEC sancionó por segunda vez al también secretario general del PSOE. El 4 de octubre del año pasado se le volvió a imponer una multa económica por valor de 2.200 euros por «vulnerar [nuevamente] el principio de neutralidad» mientras desempeñaba sus funciones como presidente del Gobierno en funciones en Bruselas. Los días 29 y 30 de junio, a las puertas de que España asumiera la presidencia del Consejo de la Unión Europea durante el segundo semestre de 2023 y días antes del inicio de la camapaña electora, Sánchez hizo unas declaraciones en las que criticaba los pactos del PP con Vox en las autonomías , entre ellas la Presidencia de María Guardiola en Extremadura. «Lo que ha pasado en Extremadura es lo que sabíamos que iba a ocurrir [...]. Sabemos que allí donde haya un gobierno de coalición, ese territorio va a retroceder desgraciadamente y, en consecuencia, España va a retroceder», dijo. Según la resolución pública de la JEC, volvió a vulnerar el artículo 153.1 de la Loreg al realizar declaraciones «con contenido valorativo y electoralista, aprovechando los medios públicos de los que disponía, provocando el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral». El tercer varapalo al presidente le llegó el pasado 8 de febrero por su visita a Navantia, en Ferrol, el 24 de enero en la que anunció la construcción de un buque de la Armada presupuestado en 450 millones de euros. Los hechos fueron denunciados por el PP ante la Junta provincial gallega, que resolvió la cuestión sin sanción pero advirtiendo que no se había respetado tampoco el principio de neutralidad política. Los de Feijóo recurrieron y fue entonces cuando la JEC abrió expediente sancionador . Aunque un proceso electoral, como era el caso de las elecciones gallegas del 18-F, no interrumpe el funcionamiento de las administraciones públicas, esto «no puede servir de excusa para la instrumentalización de los medios y recursos públicos de los que dispone la Administración en beneficio de una candidatura determinada», estableció la JEC a modo de reprimenda a Sánchez. Este expediente continúa «pendiente de resolver de forma definitiva», según pudo saber ABC en su día, por lo que, por el momento, se desconoce la cuantía de la sanción.
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