Buenas noticias jubilados: dejarán de pagar este impuesto en 2024
El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) otorgó un nuevo beneficio para los jubilados y desde ahora dejarán de pagar un impuesto clave.
La propuesta, impulsada por la legisladora Graciela Ocaña, permite que los adultos mayores no paguen el impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL). La medida busca mejorar la calidad de vida de los jubilados y pensionados que residen en la ciudad.
¿Cuáles son los requisitos para dejar de pagar el ABL?
Para poder estar exentos de pagar el impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), los jubilados y pensionados deberán reunir los siguientes requisitos:
- Deben ocupar efectivamente el inmueble
- No deben ser titulares de otros inmuebles dentro del territorio nacional
- Deben cobrar un haber igual o menor al doble del salario mínimo, vital y móvil o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor
- Deben ser propietarios, condóminos, o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia
- En relación al inmueble, la valuación no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención
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Exención ABL: ¿cuáles son los documentos necesarios?
Todos los solicitantes deberán presentar documentación obligatoria y papeles relacionados con la propiedad. Se deberán presentar los originales y fotocopias de lo siguientes documentos:
- Último recibo de haber jubilatorio o pensión
- Título de la propiedad, ya sea escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan
- Si es inquilino, contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago
- DNI actualizado del beneficiario
- Último comprobante de pago del impuesto
- Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados"
- Si es usufructuario, escritura con usufructo
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¿Cómo hacer el trámite para dejar de pagar el ABL?
Para poder gestionar el trámite de exención se deberá ingresar a la web de Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y dirigirse a la sección de "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados".
Posteriormente se deberá completar la solicitud e ingresar los datos de contacto solicitados. Allí se solicitará:
- Número de partida inmobiliaria
- Dígito verificador
- Ubicación del inmueble
- Adjuntar copia digital del DNI del beneficiario
- Adjuntar una copia digital del último recibo de haber jubilatorio o en pensión
- Señalar cuál es la condición ante la propiedad
- Adjuntar copia digital de título de la propiedad
- Adjuntar formulario solicitud de exención