El Juzgado de lo Mercantil 1 de Córdoba ha dictado sentencia y declarado culpable el concurso del Córdoba CF SAD con responsabilidad directa sobre Jesús León , expresidente del club blanquiverde, que queda obligado a pagar más de 3 millones de euros así como una inhabilitación de tres años en concepto de daños y perjuicios por su gestión al frente del club. Una gestión que llevó al borde de la desaparición a la entidad cordobesista hasta que se vendió la Unidad Productiva a UFC (Infinity) en diciembre de 2019. Tal y como ha adelantado Canal Sur y ha podido confirmar ABC, la sentencia indica que «queda demostrado que el presidente del consejo de administración fue quien directamente participó en todos los actos que generaron y/o agravaron la insolvencia, sin que los demás miembros del consejo tuvieran capacidad de decisión ni conocimiento previo». El documento asegura que el montoreño realizó « una mala gestión general que quedó reflejada a la postre en una negativa situación económica incuestionable». La sentencia recoge que Jesús León debe ser «la persona afectada por la calificación de culpabilidad del concurso ». Además de la inhabilitación de los tres años, la cuantía total que se le reclama al empresario es de 3.852.897,52 euros por los daños y perjuicios ocasionados. El pasado mes de marzo, la administración concursal rebajó las penas. En un principio, se solicitó una indemnización por los daños causados de más de cinco millones de euros. Finalmente, serán casi cuatro millones los que debe abonar el expresidente. El administrador concursal, Francisco Estepa, también solicitó en su calificación una pena para Magdalena Entrenas , pero la sentencia la libera de responsabilidades. La sentencia afirma que «no queda acreditado en el desempeño de la exconsejera una conducta dolosa ni negligente que haya causado o agravado la situación de insolvencia de la concursada». La calificación exigía para ella una indemnización con carácter solidario hasta el límite de 273.576 euros así como una inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a cualquier personas por un plazo de dos años. Estepa solicitó también para Luis Oliver (director deportivo del Córdoba durante la etapa de León) una inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a cualquier persona durante dos años. Sin embargo, la sentencia le libera de cualquier responsabilidad al entender que Oliver se dedicó «unicamente a las labores de la dirección deportiva a través de sus empresas y a todo aquello que conllevaba esas amplias facultades reconocidas y atribuidas en la parcela deportiva desde enero de 2018 hasta que cesó de sus funciones».