La Audiencia de Sevilla ha condenado a cárcel a un hombre y una mujer, en cuya vivienda en la que residían con su hijo menor de edad fue descubierto un cultivo de 84 plantas de marihuana , así como casi 40 papelinas de cocaína dispuestas para su venta. En una sentencia recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia declara probado, por reconocimiento de los acusados y por acuerdo de conformidad entre las partes, que fruto de las pesquisas de la Guardia Civil, «ante las sospechas de que pudieran encontrarse sembradas plantas de marihuana en el interior de la vivienda de los inculpados, en la que residían junto a su hijo menor de edad », el 29 de octubre de 2021 , previa autorización judicial, fue acometido un registro en dicho domicilio. Allí, según el relato de hechos probados aceptado por los inculpados, los agentes localizaron «en un dormitorio ubicado en la planta baja, una dosis de una sustancia de color blanquecina q ue resultó ser cocaína, varios cogollos que resultaron ser de marihuana, envueltos en un papel blanco; 38 dosis de una sustancia de color blanco envueltas cada una de ellas en un plástico de color amarillento, las cuales resultaron ser cocaína y que se encontraban perfectamente distribuidas para su posterior venta a terceras personas; una báscula de precisión que contenía restos de cocaína; una bolsa de color blanco que contenía en su interior restos de marihuana, una balanza pequeña digital, un paquete de plástico que contenía en su interior bolsitas de plástico transparente con cierre, utensilios para la fumigación de plantas, productos fitosanitarios; 84 plantas fuertemente encogolladas que resultaron ser de marihuana, 95 ramas deshojadas , quedando exclusivamente los cogollos, de una sustancia que resultó ser marihuana y que se encontraban colgadas en cuerdas para su secado, y numerosas lámparas, balastros, una tabla de magnetotérmicos, una báscula digital de la marca y varios cogollos sueltos de marihuana. Para la instalación de la plantación de marihuana, según el relato de hechos probados, admitido por los inculpados, los mismos contaban con una acometida ilegal a la red eléctrica, causando con ella un perjuicio económico de 5.379,66 euros a Endesa; siendo reconocido en la sentencia que «ambos acusados eran consumidores de sustancias tóxicas y estupefacientes, principalmente cocaína, a la fecha de los hechos, circunstancia que les afectaba en la comisión de los delitos». Dado el caso, el tribunal condena a ambos acusados por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud y un delito leve de defraudación del fluido eléctrico , con la atenuante simple de drogadicción en el caso del varón y atenuante cualificada en el caso de la mujer. Merced a ello, el tribunal impone al varón tres años de cárcel y multas por valor de 35.720 euros y a la mujer a dos años de prisión y multas que suman 20.720 euros; con la obligación conjunta de ambos acusados de indemnizar a Endesa con 5.379,66 euros por el perjuicio económico ocasionado a tal empresa.