Cambia el blanqueo: las modificaciones del Gobierno para ampliar los beneficios
Luego de que el Ministerio de Economía a cargo de Luis Caputo ampliara las opciones de inversión para quienes regularicen activos en el blanqueo de capitales que AFIP mantiene abierto, este miércoles la Secretaría de Industria y Comercio compartió más detalles al respecto.
Ayer, Caputo amplió la lista de las opciones de inversión que ofrece el Gobierno para invertir el dinero regularizado que debe mantenerse en el sistema financiero e incluyó un ítem clave para la recuperación de la industria y la inversión en el país.
Se trata de "la adquisición de bienes muebles con destino a la inversión productiva en el país", un punto esencial para que lo blanqueado se reinvierta en la industria nacional.
Ahora, la Secretaría de Industria y Comercio detalló todos los bienes que los empresarios pueden adquirir como inversión con el dinero blanqueado, operaciones que deben realizarse "mediante transferencias hacia cuentas especiales de regularización de activos o hacia otras cuentas".
Esta resolución, que complementa al paquete fiscal (Ley N° 27.743), busca promover la inversión productiva en Argentina a través de la adquisición de bienes que favorezcan el desarrollo económico del país: los detalles.
Blanqueo: las novedades que introdujo el Gobierno
La Resolución 279/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial por el Ministerio de Economía establece el listado de bienes muebles que pueden ser adquiridos con fondos provenientes del blanqueo.
Esto alcanza a todo el dinero en efectivo regularizado en la primera etapa del blanqueo, la cual cierra el próximo 30 de septiembre y no impone penalizaciones para quienes ingresen menos de u$s 100.000.
Estos fondos, que deberán mantenerse dentro del sistema financiero hasta fines de diciembre del 2025 en caso de superar los u$s 100.000, "podrán afectarse a destinos que tengan como objeto incentivar y/o promover la inversión productiva en la República Argentina" señala la resolución.
Sin embargo, las inversiones en las que se puede poner este dinero deben ser aquellas aprobadas por el Ministerio de Economía. Al momento, se incluyen las siguientes opciones:
- Títulos públicos-títulos, bonos, letras y demás obligaciones- emitidos por los Estados Nacional, Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos que tengan por objeto el fomento de la inversión productiva, destinados a la inversión y/o el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y/o de infraestructura, como así también al financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, siempre que dichos instrumentos sean colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.
- Cuotapartes de fondos comunes de inversión del primer párrafo del artículo 1° de la ley 24.083 de Régimen Legal de Fondos Comunes de Inversión y sus modificatorias.
- Suscripción de cuotapartes de fondos comunes de inversión del segundo párrafo del artículo 1° de la ley 24.083 y sus modificatorias, siempre que hubiesen sido colocadas por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.
- Acciones colocadas por oferta pública con autorización del mencionado organismo.
- Obligaciones negociables a las que se refiere el artículo 36 de la ley 23.576 y sus modificaciones.
- Inversiones directas e indirectas en proyectos inmobiliarios que se inicien a partir de la entrada en vigencia del blanqueo, el cual se abrió este jueves 18 de julio: quedan comprendidas aquellos proyectos que posean un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra a ese momento.
- Cheques de pago diferido y pagarés negociados en Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) en cualquiera de los segmentos habilitados por dicho organismo;
- Suscripción o adquisición de títulos públicos y/o valores negociables con oferta pública autorizada por la Comisión Nacional de Valores que sean aportados a fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
Esta semana, el Gobierno también incluyó la posibilidad de invertir en "la adquisición de bienes muebles con destino a la inversión productiva en el país" y, ahora, la Secretaría de Industria y Comercio compartió detalladamente la nomenclatura de cada uno de los productos. Las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM):
Por otro lado, la norma publicada este martes también habilito a quienes regularicen fondos a transferirlos a terceros de las siguientes formas "a través de la utilización de tarjetas de débito u otro medio de pago electrónico".
Blanqueo AFIP: en qué fecha hay que ingresar para poder invertir el dinero
Desde el jueves 18 de julio, se encuentra habilitada la posibilidad de presentar la manifestación de adhesión al blanqueo, la cual se mantendrá abierta hasta el 31 de marzo de 2025, inclusive.
Es importante destacar que, cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Estas se dividen en tres etapas:
- Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de u$s 100.000. Solo en esta etapa se podrá blanquear dinero en efectivo.
- Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
- Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.
Cabe señalar que solo podrán invertirse en los elementos definidos por el Palacio de Hacienda "los fondos que se regularicen hasta la fecha límite prevista para la manifestación de adhesión de la Etapa 1 del Régimen", es decir, hasta el próximo 30 de septiembre del 2024.