¿Podría haber intervenido la UME en Valencia pese a no tener autorización de Mazón?
Mientras diferentes efectivos de la Unidad Militar de Emergencias permanecen en Valencia realizando labores de ayuda en las regiones más afectadas por la DANA, continúan sucediéndose los cruces de acusaciones entre las diferentes autoridades implicadas en esta tragedia. Desde el Gobierno y la Generalitat llevan semanas tratando de evitar responsabilidades por su gestión en esta situación de emergencia.
Durante sus diferentes apariciones públicas tras la llegada de la DANA, Javier Marcos, el general jefe de la Unidad Militar de Emergencias, no ha dudado en recalcar el hecho de que la unidad que dirige ha estado preparada desde el primer momento para actuar en las zonas más afectadas de la Comunidad Valenciana. De hecho, las imágenes compartidas por la propia UME el pasado 29 de octubre demuestran que, sus efectivos llevan realizando labores de ayuda en la provincia de Valencia desde el primer momento.
El general jefe de la UME no ha dudado en defender en todo momento la rápida intervención de su unidad en esta tragedia, asegurando que cuando recibió autorización por parte de la Generalitat, los efectivos de esta Unidad Militar de Emergencias se situaron en menos de quince minutos en zonas de emergencia como Utiel o Requena.
La esperada autorización
“Estábamos preparados, alertados y dispuestos a intervenir, pero no puedo entrar hasta que el director de la emergencia me autorice", afirmaba hace unos días Javier Marcos, recordando que no es competencia de la UME dirigir las operaciones en nivel dos de emergencia. Y es que, la Unidad Militar de Emergencias “solo realizará las labores de prevención necesarias para hacer frente a una emergencia declarada”, tal y como lo recoge su protocolo de intervención. Es por ello que Javier Marcos justifica la falta de ayuda inicial en muchas de las zonas afectadas, con el hecho de que la UME necesitaba autorización oficial por parte de la Generalitat Valenciana.
Protocolo de Intervención de la UME
Las actuaciones operativas de la Unidad Militar de Emergencias fueron aprobadas por el Real Decreto 1097/2011, del 22 de julio. Este protocolo de intervención recoge que la UME “podrá llevar a cabo las acciones oportunas en situaciones de alerta o preemergencia, a fin de minimizar la gravedad de una emergencia con carácter previo a su declaración o garantizar la eficacia de la actuación”. El artículo 2.2 de este Real Decreto recoge que “las actuaciones operativas de la UME se concretan en la planificación, el adiestramiento y la intervención. Sólo realizará las labores de prevención que sean necesarias para hacer frente a una emergencia declarada".
El escenario provocado por la DANA en la provincia de Valencia ejemplifica a la perfección uno de los supuestos que pueden ordenar la intervención de la UME: “Las que tengan su origen en riesgos naturales, entre ellas inundaciones, avenidas, terremotos, deslizamientos de terreno, grandes nevadas y otros fenómenos meteorológicos adversos de gran magnitud”. Únicamente basta con que estas situaciones de emergencia se produzcan con grave, independientemente de que se trate de una emergencia de interés nacional o no.
En el caso de que la situación de emergencia se produzca con carácter grave, pero no sea declarada de interés nacional; las autoridades autonómicas competentes en materia de protección civil podrán solicitar al Ministerio del Interior la colaboración de la UME. Posteriormente, "el Ministerio del Interior, valorada la dimensión de la emergencia y los medios disponibles para hacerle frente… solicitará del Ministerio de Defensa la intervención de la UME”, tal y como recoge el artículo cuarto de este Real Decreto 1097/2011.