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Cuándo se cobra el paro en diciembre de 2024: estas son las fechas según tu banco

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El desempleo es uno de los grandes problemas de nuestro país. A falta de conocer el dato de paro del pasado mes de noviembre, la última cifra actualizada refleja que 2.602.054 personas se encuentran actualmente en situación de desempleo.

Debido a esta situación, desde la Seguridad Social ofrecen una prestación contributiva por desempleo, más conocida como paro. Esta prestación "protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%", tal y como explican desde la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Por ello, muchos ciudadanos se preguntan sobre qué fechas la Seguridad Social realiza el pago de estas prestaciones. Hay que tener en cuenta que según el banco de cada ciudadano, la ayuda económica llegará un día u otro.

¿Cuándo se cobra el paro de diciembre?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará las prestaciones contributivas y los subsidios por desempleo a partir del martes, 10 de diciembre de 2024. Dentro de estas ayudas se encuentra el subsidio por cotización insuficiente y por agotamiento de la prestación contributiva, la ayuda familiar o el subsidio para mayores de 52 años, entre otros. Como se ha mencionado anteriormente, a pesar de que el SEPE realice el ingreso en una fecha, algunos bancos pueden adelantar el dinero.

Estas entidades cuentan con la capacidad de anticipar los pagos gracias a una cuenta centralizada administrada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Fechas de cobro de la prestación por desempleo en diciembre según tú banco

Estas son las fechas en las que el ingreso aparecerá en tu cuenta bancaria, según el banco de cada ciudadano:

  • Banco Santander: 5-7 de diciembre
  • Openbank: 5-7 de diciembre
  • Caixabank: 10 de diciembre
  • Banco Sabadell: 10 de diciembre
  • Ibercaja: 5-7 de diciembre
  • Abanca: 10 de diciembre
  • ING: 10 de diciembre
  • Bankinter: 10 de diciembre
  • BBVA: 10 de diciembre
  • Cajamar: 10 de diciembre
  • Unicaja: 10 de diciembre
  • Cajasur: 10 de diciembre

Requisitos para cobrar el paro

Todo aquel que tenga el infortunio de perder su empleo, tiene derecho a recibir una ayuda por desempleo por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no sin antes cumplir una serie de requisitos establecidos por parte del organismo.

  • Estar en desempleo o buscar activamente empleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidades.
  • No cobrar una pensión incompatible con el trabajo de la Seguridad Social.

Duración de la prestación

La duración de la prestación variará en función de las cotizaciones por desempleo de los últimos seis años que no hayan sido computadas para cobrar paro anteriormente, así como los días de vacaciones pagados y no disfrutados:

  • De 360 a 539 días cotizados: 120 días de prestación por desempleo
  • De 540 a 719 días cotizados: 180 días de prestación por desempleo
  • De 720 a 899 días cotizados: 240 días de prestación por desempleo
  • De 900 a 1.079 días cotizados: 300 días de prestación por desempleo
  • De 1.080 a 1.259 días cotizados: 360 días de prestación por desempleo
  • De 1.260 a 1.439 días cotizados: 420 días de prestación por desempleo
  • De 1.440 a 1.619 días cotizados: 480 días de prestación por desempleo
  • De 1.620 a 1.799 días cotizados: 540 días de prestación por desempleo
  • De 1.800 a 1.979 días cotizados: 600 días de prestación por desempleo
  • De 1.980 a 2.159 días cotizados: 660 días de prestación por desempleo
  • Desde 2.160 días cotizados: 720 días de prestación por desempleo

Cuantía

La cuantía de la prestación contributiva depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias.

La base reguladora de la prestación es la media de la base de cotización del periodo indicado. El importe diario que se percibe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 60 % a partir del día 181 hasta el final de la misma.




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