Cambia la Ley de Alquileres | Los inquilinos ya no podrán gozar de este beneficio al rescindir el contrato y deberán pagar este monto sí o sí
Desde la derogación de la Ley de Alquileres por parte del Gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023, el panorama del mercado inmobiliario se transformó de manera drástica.
Gracias a los cambios reglamentados en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, la casi completa desregulación de los contratos de alquiler impactó el día a día de los inquilinos.
Si bien las modificaciones a la norma preexistente lograron liberalizar ampliamente la forma en la cual se regulan los acuerdos legales para arrendar en todo el país, también se estableció una nueva sanción para quienes decidan rescindir sus contratos antes de que finalicen.
Sin Ley de Alquileres, la recomendación de Claudio Zuchovicki para los nuevos contratos
Qué beneficio perderán todos los inquilinos: el monto que hay que pagar sí o sí
Se trata de la nueva regulación que establece que si un inquilino busca mudarse antes de que finalice el plazo estipulado en su contrato de alquiler, le corresponde pagarle al propietario el 10% de lo que resta a modo de compensación.
Este porcentaje del monto a abonar es fijo sin importar el momento del plazo total del acuerdo en el cual se efectúe. Esta es la gran diferencia que la separa de la ley anterior.
De acuerdo con la última modificación de la Ley de Alquileres, que entró en vigencia en 2020, si el contrato contaba con por lo menos seis meses de antigüedad y la persona avisaba su partida con tres de anticipación, entonces no le correspondía abonar ninguna penalización o compensatorio.
Además, la legislación anterior contemplaba únicamente el pago de hasta un mes y medio de alquiler en caso de avisar con solo 30 días de anticipación.
¿Qué otros cambios sufrió la ley de alquileres?
El panorama para alquilar en Argentina se modificó profundamente desde la decisión del presidente Javier Milei de derogar esta ley. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la oferta de inmuebles para alquiler aumentó un 189,77%.
Es importante recordar que la misma no tiene un carácter recesivo, por lo que todos los contratos que al día de hoy se encuentren vigentes y hayan sido firmados bajo la legislación anterior se mantendrán amparados por esta hasta que haya vencido el mismo.
Nuevas condiciones de alquiler tras el DNU 70/2023
- Se podrá utilizar cualquier moneda acordada entre el propietario y el inquilino para el pago del alquiler.
- Los plazos para los aumentos serán establecidos libremente entre ambas partes.
- La duración del contrato también podrá ser fijada según el acuerdo entre el arrendador y el inquilino, a diferencia de los tres años mínimos que estipulaba la ley anterior. Si no se especifica un plazo por escrito, este será de dos años.
- Los incrementos en el alquiler se podrán calcular según lo pactado por las partes, con la opción de vincularlos al valor del dólar o a cualquier otro indicador, como el IPC, que consideren adecuado.
- En caso de que el contrato se rescinda antes de tiempo, el inquilino deberá abonar el 10% del monto restante del mismo.