Banhvi se niega a bajar pago de dietas a directivos
La Gerencia General del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) se niega a restringir el pago de dietas a los miembros de su Junta Directiva, aunque así lo estableció una reforma legal que entró a regir el 1.° de noviembre. El despacho argumenta que la nueva ley no aplica para los actuales directivos, sino para los siguientes. Al contrario, la Asesoría Legal de la institución sostiene que los pagos deben restringirse de una vez.
La reforma redujo de ocho a seis el número máximo de reuniones mensuales que el Banhvi puede pagar, al tiempo que prohíbe otorgar la remuneración a aquellos directivos que representen a los supremos poderes o que sean funcionarios públicos.
Actualmente, cada miembro de la Junta devenga ¢209.615 por sesión. Para el año 2025, la institución presupuestó casi ¢141 millones en dietas.
La Junta Directiva está conformada por los jerarcas o representantes de los ministerios de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah) y Economía, Industria y Comercio (MEIC), así como del Viceministerio de Juventud. Completan el órgano colegiado dos delegados del sector privado y dos voceros de los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa, distintos del partido político al que pertenece el Poder Ejecutivo.
Dagoberto Hidalgo Cortés, gerente general, argumenta que las nuevas condiciones no le aplican a los directivos actuales. Al contrario, Ericka Masís Calderón, jefa de la Asesoría Legal del Bahnvi, concluyó que a partir del 1.º de noviembre, con la publicación de la reforma, la aplicación de la reforma no es una potestad, sino una orden.
La reforma aprobada por la Asamblea Legislativa se incluyó en el artículo 23 de la ley del Bahnvi.
No obstante, el gerente argumenta que el transitorio único que acompaña la reforma debe ser interpretado en el sentido de que a los miembros actuales no les aplican las nuevas reglas. Así lo expuso en una consulta enviada a la Contraloría General de la República (CGR) por solicitud de la Junta Directiva. Sin embargo, la CGR rechazó referirse y recomendó dirigir la solicitud de aclaración a la Procuraduría General de la República (PGR), por tratarse de la aplicación de una norma.
La Gerencia argumentó que deben respetarse las condiciones y requisitos de los directivos vigentes, “de ahí que deberá pagárseles las dietas a todos, incluyendo los miembros que representan el Poder Ejecutivo; asimismo, lo relacionado con el número de sesiones”.
El transitorio único meciona que los actuales directivos permanecerán en sus puestos hasta el final del período para el cual fueron nombrados, siempre y cuando cumplan con los requisitos definidos en la ley. Agrega que, en caso de ocurrir alguna vacante en la Junta Directiva, esta deberá llenarse de conformidad con lo establecido en la norma.
Al contrario, Ericka Masís Calderón, jefa de la Asesoría Legal del Bahnvi, concluyó que, a partir del 1.º de noviembre, la Junta Directiva “solo está facultada” a devengar una dieta por un máximo de seis sesiones mensuales, como única remuneración que podrán percibir por el desempeño de sus funciones como directores, con excepción de los miembros de los Supremos Poderes o funcionarios públicos.
Explica el criterio jurídico que “la dieta no constituye un salario, razón por la cual puede ser modificada en cualquier momento, aun dentro del periodo del nombramiento del miembro de la Junta, fundamentalmente porque el monto reconocido al momento del nombramiento no constituye un derecho adquirido”.
Así consta en un oficio dirigido al gerente Hidalgo Cortés, el pasado 20 noviembre. El documento acompaña la consulta enviada por el gerente general a la Contraloría.
La jefa de la Asesoría Legal explicó que deben aplicarse los cambios del artículo 23, pues el transitorio único no indicó que los directivos permanecerían en sus puestos con las mismas condiciones por el resto del plazo de su nombramiento.
Masís citó jurisprudencia de la Sala Constitucional respecto a que no existe un derecho a percibir dietas futuras, ya que, en primer lugar, dichas dietas no han ingresado aún al patrimonio del funcionario y, segundo, porque la dieta no es salario, de manera que las reglas para pagarlas pueden modificarse.
“No podría decirse que los actuales miembros de la Junta Directiva del Bahnvi no se les podría modificar las condiciones en las que fueron nombrados por ser derechos adquiridos, por el contrario, todas las condiciones con las que fueron nombrados pueden ser modificadas siempre, incluyendo las cantidad de sesiones futuras y el monto a pagar por dicho concepto, por esto no constituye un derecho adquirido ni una situación jurídica de los actuales miembros de la Junta Directiva del Bahnvi”, declaró la jefa jurídica en el documento.