El extra de hasta 2.000 euros de la Seguridad Social: estos son los jubilados beneficiados
La Seguridad Social entregará hasta 2.000 euros a los jubilados que cumplan una serie de requisitos. En concreto, esta cantidad de dinero es otorgada a aquellos que solicitan el complemento para reducir la brecha de género y cumplen con los requisitos establecidos.
Se trata de una medida que sustituye al complemento por maternidad y cuyo objetivo es reparar el perjuicio que han sufrido las mujeres a lo largo de su carrera profesional por asumir el papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos.
Este complemento, que beneficia a muchos ciudadanos españoles, sufrirá un incremento tras la publicación de los datos de inflación del mes de noviembre. Esta cuantía se enmarca dentro de las pensiones no contributivas y, según ha confirmado la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, el aumento será superior al de las pensiones contributivas.
¿Quiénes pueden beneficiarse de esta ayuda?
Entre los beneficiarios, tal y como especifica la Seguridad Social en su página web, pueden acceder las mujeres y hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, excepto la jubilación parcial, de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas. No obstante, cuando se acceda a la jubilación plena desde la jubilación parcial se reconocerá el complemento, si se cumplen los requisitos exigidos.
¿Cuánto subirá el complemento para reducir la brecha de género en 2025?
La reforma de las pensiones determina que el complemento de la brecha de género subirá un 10% adicional al IPC en el bienio 2024-2025, que se distribuirá entre ambos ejercicios al 5%. Así, el complemento de la brecha de género subirá el próximo ejercicio en torno a un 7,8% (más un 5% adicional), lo que le situará en torno a los 35,6 euros por hijo, con un máximo de hasta cuatro hijos, de acuerdo con lo regulado en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.
Cuantías de 2024 y cómo quedarán para 2025
Las cuantías aplicadas durante este 2024 han sido:
- Un hijo: 33,20 euros al mes
- Dos hijos: 66,4 euros al mes
- Tres hijos: 99,6 euros al mes
- Cuatro o más hijos: 132,8 euros al mes
Teniendo en cuenta estas cifras, y atendiendo a la subida del 7,8% que entrará en vigor en 2025, las nuevas cuantías quedarán de la siguiente forma:
- Un hijo: 35,79 euros al mes
- Dos hijos: 71,58 euros al mes
- Tres hijos: 107,37 euros al mes
- Cuatro o más hijos: 143,16 euros al mes
Por ello, en el mejor de los casos, los beneficiados con cuatro hijos podrán recibir hasta 2.000 euros anualmente, frente a los 1.860 euros de máxima que se recibían en 2024.
Requisitos para un hombre jubilado
La Seguridad Social especifica que para que los hombres tengan derecho al complemento deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:
- En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
- En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.