El Tribunal Supremo ha establecido que las conocidas como 'mobile-home' (casas móviles) requieren de una licencia urbanística por uso del suelo , ya que las considera asimilables a las casas prefabricadas y no a los remolques. Así, el alto tribunal ha desestimado el recurso presentado por Agrocamping SL, un camping de Tarragona, contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña que confirmaba el decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Tarragona de 11 de mayo de 2018 en el que se denegaba la colocación de este tipo de casas en el espacio que regentaba. En concreto, el Supremo ha señalado que la voluntad de los propietarios del camping era transformar su negocio en una instalación tipo 'resort' , colocando 'mobile-homes' y bungalows en el terreno parcelado, que tras las correspondientes obras, se las ha dotado de agua, electricidad y desagüe. La sentencia entiende que un 'resort' es, por definición, un complejo hotelero, por lo que ha explicado que la transformación pretendida «implica un uso del suelo que exige autorización urbanística» en los términos fijados en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. «En ningún caso dicha transformación pueda quedar amparada, como pretende la parte recurrente, en la licencia de actividad obtenida para un camping». Además, el Tribunal Supremo justifica esta exigencia en una «razón imperiosa de interés general» como es la protección del medio ambiente y el entorno urbano . Por ello, ha señalado que serán las normas urbanísticas aplicables en cada caso las que legitimen la instalación de casas móviles en un camping. «No puede quedar amparada dicha instalación en la licencia de actividad que se haya podido obtener previamente», ha expresado. Esta licencia, añade, «no tiene por función» realizar un control urbanístico de los usos del suelo, sino «procurar que la actividad se desarrolle sin causar molestias o perjuicios a su entorno».