Aguinaldo para empleadas domésticas: cuánto y cuándo cobro en diciembre
Las empleadas domésticas recibirán en diciembre 2024 la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo.
Se trata del 13° sueldo que le corresponde cobrar en un año de trabajo a los empleados en relación de dependencia, cuyo pago se divide en dos momentos del calendario: una mitad en junio y la otra diciembre.
El aguinaldo para este sector incluye el salario básico, los adicionales y las remuneraciones en especie, como el pago de habitación o viáticos.
En el caso del aguinaldo para las trabajadoras domésticas de la quinta categoría, el cálculo dependerá del salario más alto percibido en el semestre.
Aguinaldo para empleadas domésticas: cuánto cobro en diciembre
El monto del aguinaldo de diciembre corresponde al 50% del mejor salario mensual percibido en el segundo semestre. Por ejemplo, en la categoría de tareas generales, queda del siguiente modo:
- Con retiro: el aguinaldo será de aproximadamente $ 170.465,50, equivalente al 50% de los $ 340.931 mensuales
- Sin retiro: el aguinaldo será de aproximadamente $ 189.555,50, sobre un salario de $ 379.111
Estos valores consideran exclusivamente los ingresos básicos, por lo que deben sumarse los adicionales correspondientes, como antigüedad y zona desfavorable, en caso de que apliquen.
A continuación, cómo quedan los salarios en diciembre 2024 de empleadas comésticas, sin aguinaldo:
Salarios de empleadas domésticas diciembre 2024
Hora con retiro | Hora sin retiro | Mensual con retiro | Mensual sin retiro | |
Cuidadora | $ 2998 | $ 3352 | $ 379.111 | $ 422.480 |
Personal para tareas específicas | $ 3175 | $ 3480 | $ 388.569 | $ 432.543 |
Personas para tareas generales | $ 2780 | $ 2998 | $ 340.930 | $ 379.111 |
Aguinaldo para empleadas domésticas: cuándo cobro en diciembre
La legislación argentina establece que el pago del aguinaldo debe realizarse en los primeros días de diciembre, siendo el 18 de diciembre la fecha límite para efectuarlo.
Sin embargo, vale aclarar que las empresas pueden tener un margen de cuatro días hábiles para liquidarlo.
Esto significa que, aunque la fecha exacta puede variar según cada empleador, los trabajadores tienen el derecho a recibir el Sueldo Anual Complementario dentro de ese período.