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El Constitucional deberá pronunciarse sobre el mayor pleito climático en España

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El Tribunal ha admitido el recurso presentado por grupos ecologistas tras la sentencia del Supremo que descartó la inacción del Estado español frente a la crisis climática y la petición de elevar sus objetivos de recortar emisiones contaminantes

El Supremo rechaza la demanda de los ecologistas contra el Gobierno

Fue el primer gran juicio climático en España. La demanda presentada en 2020 por grupos ecologistas exigía al Gobierno español elevar el recorte de emisiones de gases de efecto invernadero contemplado en el Plan Integrado de Energía y Clima (PNIEC). Greenpeace, Ecologistas en Acción, Oxfam Intermón acusaban al Ejecutivo de no hacer suficiente por cumplir con los compromisos adquiridos en el Acuerdo de París y, por tanto, de desproteger a los ciudadanos frente a las consecuencias del cambio climático. El Supremo rechazó esta petición en 2023, en una sentencia que fue recurrida por estos grupos –más Fridays For Future y La Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo– y que ha sido admitida por el Constitucional.

“No parece que la decisión de la Administración Española, en legítimo ejercicio de dirección de la política nacional e internacional que le confiere la Constitución, pueda tacharse de arbitraria, sino todo lo contrario”, zanjó la sala tercera del Supremo. Ahora el Constitucional deberá pronunciarse sobre si la sentencia del Supremo violó algún derecho fundamental; en definitiva, si el cambio climático afecta a derechos fundamentales. 

Los antecedentes

Las organizaciones acudieron a los tribunales en septiembre de 2020 por lo que consideraban “inactividad de la Administración” al no haberse culminado ese plan en el plazo previsto por la Unión Europea. Luego, tras la publicación del documento en marzo de 2021, las mismas organizaciones recurrieron su contenido por considerar que “incumple los objetivos de reducción de emisiones contemplados en el Acuerdo de París”. De manera más concreta: el PNIEC establece que, para 2030, las emisiones de gases de efecto invernadero deberán haber caído en España un 23% y lo que se pedía en la demanda es que se llegara a un 55%.

Esta acción incorporaba a España a la lista de litigios ambientales como los que están planteados a Alemania, Francia, Nueva Zelanda o Canadá y llegaba nueve meses después de que el movimiento ecologista obtuviera una gran victoria judicial en Holanda. En diciembre de 2019, el Supremo holandés estableció que el Gobierno del país centro europeo debía reducir un 23% las emisiones de gases de efecto invernadero. Fue un hito.

El Supremo se negó dos veces, una en junio y otra en septiembre de 2021, cerrar el primer proceso como había solicitado la Abogacía del Estado. Pero finalmente, en junio de 2023, el Supremo acabó por rechazar el pleito impulsado por las organizaciones ecologistas que entendían que la estrategia climática de las autoridades españolas no protegía lo suficiente el medioambiente contra los efectos del cambio climático.

Los jueces entendieron entonces que el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima –que contemplaba medidas y objetivos desde 2021 hasta 2030– suponía “integrarse en el compromiso asumido por la Unión Europea” y descartaba, como pedían los ecologistas, obligar al Ejecutivo a endurecer sus términos.

Los grupos ecologistas recurrieron la sentencia por “vulneración de los derechos humanos”, al entender que el Supremo “ignora la ciencia y los acuerdos internacionales” además de “desproteger a la ciudadanía”. Este es el recurso que ahora ha admitido el Tribunal Constitucional, que tendrá la última palabra sobre este pleito.

El caso de Suiza

En marzo pasado, en una sentencia histórica, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró que Suiza ha violado los derechos humanos de un grupo de mujeres porque se han constatado “lagunas críticas” en las políticas del país contra el cambio climático. La asociación Verein KlimaSeniorinnen, formada por mujeres mayores –muchas tienen más de 75 años– demandaron a Suiza argumentando las consecuencias que tienen para su salud de las olas de calor “cada vez más frecuentes e intensas”. Los jueces europeos estimaron que el país incumplió sus obligaciones para evitar que estas personas sufran los efectos del calentamiento global. En la sentencia, la corte concluye que ha habido una violación del derecho al respeto de la vida privada y familiar y del acceso a los tribunales, consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

“Este fallo es un hito en la lucha por un clima habitable para todos. Y el veredicto es una satisfacción. Después de que los tribunales suizos no nos escucharan, el TEDH lo ha confirmado: la protección del clima es un derecho humano”, se congratulaba entonces Anne Mahrer, copresidenta de KlimaSeniorinnen.

A principios de este mes dio comienzo en el Tribunal de Justicia Internacional la mayor causa climática, impulsada por 98 países y 12 organizaciones sociales que han comparecido en La Haya para pedir que se establezcan límites legales que permitan combatir la emergencia climática. La ONU decidió pedir por unanimidad al tribunal que emitiera una opinión sobre las obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático. La resolución tardará unos meses, y aunque no será vinculante, sí tendrá relevancia desde el punto de vista político porque señalará la responsabilidad de los Gobiernos en su compromiso por atajar con políticas los efectos del calentamiento global. En los últimos años, el número de causas climáticas se ha duplicado en todo el mundo.




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