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La pelea por la indemnización adicional por despido improcedente continúa: "El Supremo no zanja el debate"

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Los sindicatos CCOO y UGT advierten de que el fallo no aborda la aplicación de la Carta Social Europea revisada, que el Consejo de Europa ha concluido que España está vulnerando

El Supremo rechaza que se pueda aumentar la indemnización de 33 días por despido improcedente en los tribunales

Los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, insisten en que mantienen su batalla contra la actual indemnización por despido improcedente en España por incumplir la Carta Social Europea, como ha resuelto ya el Comité Europeo de Derechos Sociales. Ambas organizaciones subrayan que la sentencia del Tribunal Supremo conocida este viernes que respalda la indemnización de 33 días por año “no zanja el debate” sobre la posibilidad de una indemnización adicional, ya que no aborda la aplicación de esta carta de derechos a nivel europeo.

La sentencia del Supremo publicada este viernes era muy esperada en el debate sobre si la indemnización por despido improcedente en España, tasada en 33 días por año trabajado, es suficiente según la normativa internacional. El Pleno de lo Social del alto tribunal ha avalado la actual indemnización, aunque toma como referencia la doctrina Constitucional y un Convenio de la OIT (158), que exige “el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere apropiada”.

Sin embargo, los propios magistrados advierten en la sentencia de que no se pronuncia sobre la Carta Social Europea, que consideran que “no procede su aplicación en este caso”, dado que fue ratificada por España “con posterioridad al momento en que se produjo el despido”. Por tanto, “dicho tratado no formaba parte del ordenamiento interno”, sostienen los jueces.

Diferencias con el Supremo

Los sindicatos destacan “profundo respeto” a las decisiones judiciales y al Supremo, pero consideran que la sentencia “reconoce la compatibilidad de la normativa española” con este Convenio de la OIT limitándose a “interpretar el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores desde una perspectiva que consideramos insuficiente para garantizar la efectividad plena de este derecho”.

Además, CCOO y UGT subrayan que “la sentencia no ha abordado la aplicación del artículo 24 de la Carta Social Europea (revisada), ratificada por España el 17 de mayo de 2021 y publicada en el BOE el 11 de junio de 2021”.

Los sindicatos recuerdan que el Consejo de Estado, el 8 de julio de 2021, subrayó “que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales son de obligado cumplimiento”, como la pronunciada el pasado verano contra la indemnización española, por lo que consideran “que las decisiones judiciales no pueden ignorar los compromisos internacionales asumidos por España”.

Esperanzas puestas en la Carta Social Europea

CCOO y UGT mantienen sus esperanzas puestas en la Carta Social Europea y el Comité Europeo de Derechos Sociales, ante el que han presentado sendas reclamaciones contra la indemnización por despido improcedente en España.

La de UGT ya cuenta con una resolución favorable, que concluye que España vulnera la carta de derechos europea y que ha motivado que el Consejo de Europa ya ha pedido a España que modifique su legislación sobre despido. La reclamación presentada por CCOO ya se ha valorado por parte del organismo internacional, pero aún no se han dado a conocer sus conclusiones, que se esperan en el mismo sentido.

“Ambos sindicatos, hemos utilizado el mecanismo de reclamaciones colectivas para cuestionar la adecuación del sistema de indemnizaciones por despido improcedente vigente en España. Consideramos que estas indemnizaciones no satisfacen completamente las exigencias de reparación adecuada previstas en los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país”, sostienen CCOO y UGT.

En el mismo sentido se expresan en la cooperativa de abogados Colectivo Ronda, especializada en derecho laboral, que ha valorado este viernes que este “primer round” en el Supremo ha quedado “ganado por las empresas y perdido por quienes pensamos que la legislación española incumple con estándares internacionales a la hora de garantizar que las indemnizaciones resulten insuficientes para prevenir abusos”.

“Pero todavía queda mucho por decir y seguimos pendientes de la sentencia que ha de pronunciarse sobre la compatibilidad del sistema indemnizatorio español con la Carta Social Europea. Y ya sabemos lo que ha dicho el Comité Europeo de Derechos Sociales al respecto...”, añaden en su valoración, que han compartido a través de X (antigua Twitter).

Los sindicatos mayoritarios insisten en “seguirán defendiendo los derechos de las trabajadoras y trabajadores y promoviendo el cumplimiento efectivo de los estándares internacionales en materia de derechos laborales”, zanjan las organizaciones sindicales.




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