Sala Constitucional rechaza recurso de periodista contra retención
La Sala Constitucional rechazó un recurso de hábeas corpus presentado por el periodista Paulo Contreras contra las autoridades judiciales por haberlo retenido el 10 de octubre, en la Asamblea Legislativa, por supuestamente tomar una fotografía con connotación sexual a una comunicadora de la Fiscalía General de la República durante una sesión en la Asamblea Legislativa.
Los magistrados concluyeron que las actuaciones policiales se ajustaron al ordenamiento jurídico y se efectuaron con el objetivo de resguardar eventuales pruebas.
“Se demuestra que, en la incursión policial examinada, no ocurrieron lesiones a los derechos fundamentales de la persona tutelada puesto que todas se han llevado a cabo al amparo del ordenamiento jurídico costarricense, bajo la dirección funcional del Ministerio Público como órgano que detenta la acción penal y guardando en todo momento la proporción que se exige en las intervenciones de esta clase”, indica la resolución dada a conocer este viernes.
Paulo Contreras, quien el día de los hechos reporteaba para el noticiero Central de Noticias, del Canal OPA, alegó que las autoridades policiales lo retuvieron “injustificadamente” sin una orden judicial, además de que lo privaron de sus dispositivos móviles mientras cubría la comparecencia del fiscal general de la República, Carlo Díaz, ante la Comisión Legislativa de Ingreso y Gasto Público, lo que le impidió cumplir su labor de informar.
Argumentó que, al ingresar a la sala donde se realizaba la audiencia, envió dos fotografías del recinto a su pareja, por WhatsApp, con la frase: “Corrimos, nos mojamos, pero llegamos”.
Añadió que, a las 2:05 p. m., un agente del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) lo acusó de haber tomado y difundido una fotografía de la parte posterior de una funcionaria del Ministerio Público, quien se encontraba en el lugar. Sostuvo que, sin una orden de secuestro, lo obligaron a entregar los dos teléfonos que portaba, además de que el funcionario del OIJ y un encargado de Seguridad de la Asamblea lo llevaron custodiado a la zona de ingreso al Congreso, donde pudo reportar para el noticierio.
Agregó que lo obligaron a quedarse en ese sitio, adonde también llegaron tres oficiales de la Fuerza Pública, a la espera de que otros oficiales del OIJ acudieran a decomisar los dispositivos móviles. Según dijo, lo retuvieron durante hora y media. Finalmente, lo llevaron al sétimo piso y allí le dieron el acta de secuestro de los aparatos y lo dejaron irse.
Por su parte, los informes policiales argumentaron que la intervención se produjo después de que un oficial del OIJ observó al periodista colocar su teléfono móvil a la altura de la cintura para tomar una foto de carácter sexual a la funcionaria de la Fiscalía, que conversaba con el fiscal general, y compartirla por un mensaje de WhatsApp.
El Ministerio Público contestó que, para intervenir, los agentes del OIJ llamaron a la fiscala adjunta de Género, Debby Garay Boza, quien indicó que las actuaciones podrían constituir un delito relacionado con la producción y difusión de material audiovisual con connotación sexual sin consentimiento. Esta situación justificó el secuestro inmediato de los dispositivos móviles del periodista para esclarecer lo ocurrido.
Asimismo, los magistrados dieron por comprobado que el periodista pudo completar la cobertura periodística encomendada, ya que se le permitió realizar la transmisión en vivo desde el lobby del edificio legislativo.
La Sala recordó que el Organismo de Investigación Judicial puede proceder a investigar, por iniciativa propia, los delitos de acción pública, además de impedir que los hechos sean llevados a consecuencias ulteriores, así como identificar y aprehender preventivamente a los presuntos culpables y asegurar las pruebas.
Los magistrados enfatizaron que las acciones adoptadas, incluyendo la retención temporal y el decomiso de dispositivos, fueron proporcionales y estuvieron amparadas en el artículo 198 del Código Procesal Penal y la Ley Orgánica del OIJ. Además, destacaron que el periodista fue informado de sus derechos y de los motivos de la investigación que sigue en curso.
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Douglas Sánchez, director del noticiero de canal 38, dijo que le sorprende la decisión de la Sala, pues los magistrados tenían todos los elementos para corroborar los hechos.
“¿Qué se puede esperar de los oficiales de Carlo Díaz (fiscal general), quienes desde el primer momento tomaron los celulares del periodista, sin que él pudiera realizar su trabajo. Esto es un hecho confundente, pero de nuevo habrá que entender la posición de los señores y las señoras magistradas.
“Sobre el fallo, me reafirma el porqué de la crisis reputacional del Poder Judicial. Revisaremos con los abogados los siguientes pasos”, dijo Sánchez.