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Te separaste pero te niegan el divorcio: esto podrías hacer para que lo solicites de forma legal este 2025

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Si te has separado de tu pareja, pero te niegan el divorcio, existen procedimientos legales que podrías seguir para obtenerlo. En primer lugar, es importante conocer las causales por las que se puede solicitar el divorcio, de acuerdo con la normativa vigente en el Código Civil. Estas causas incluyen situaciones como el adulterio, el abuso físico o psicológico, y otros motivos que hagan imposible la convivencia.

El abogado Salvador Bejarano explicó que, conforme a la ley, si la persona desea iniciar el divorcio por esta causa, debe hacerlo dentro de los seis meses posteriores a la toma de conocimiento del adulterio. Si no se presenta la demanda en este período, el derecho a exigir el divorcio por infidelidad queda invalidado.

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¿Cómo podrías solicitar el divorcio de forma legal este 2025?

De acuerdo con el abogado César Pérez, desde el 2001 la legislación peruana permite el divorcio por separación prolongada, lo que implica que, de manera autónoma, una persona puede iniciar el proceso de disolución del matrimonio. Este tipo de divorcio no requiere el consentimiento del otro cónyuge si se cumplen ciertos requisitos legales.

Los requisitos para iniciar el trámite de divorcio por separación prolongada son los siguientes:

  • Distanciamiento: Se debe demostrar que existió un distanciamiento en la comunicación entre los cónyuges.
  • Tiempo de separación: La separación debe ser de al menos dos años, pudiendo extenderse hasta cuatro años, y puede ser en cualquiera de las siguientes formas:
    • Separación de hecho
    • Separación de cuerpos
  • Incumplimiento de deberes conyugales: Se debe probar que no se están cumpliendo con los deberes matrimoniales como fidelidad, asistencia mutua y convivencia.
  • Pensión de alimentos: El cónyuge que solicite el divorcio debe estar al día en el pago de la pensión alimentaria, si corresponde.

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¿Qué causales de divorcio establece el Código Civil peruano?

En situaciones donde uno de los cónyuges se niega a la separación, a pesar de que existen razones que hacen inviable la convivencia, el otro puede presentar una demanda ante el Poder Judicial. Las causales de divorcio reconocidas por el Código Civil incluyen:

  • Adulterio.
  • Violencia física o psicológica.
  • Intento contra la vida del cónyuge.
  • Injurias graves que dificultan la vida en común.
  • Abandono injustificado del hogar conyugal por más de dos años, ya sea de forma continua o acumulada.
  • Conductas deshonrosas que afectan la convivencia.
  • Uso habitual de sustancias que generen dependencia, salvo cuando se trate de enfermedades mentales o infecciosas en tratamiento.
  • Enfermedades graves de transmisión sexual contraídas después del matrimonio.
  • Homosexualidad no revelada antes del matrimonio.
  • Condena a prisión por más de dos años debido a un delito doloso posterior al matrimonio.
  • Imposibilidad de convivencia comprobada en un proceso judicial.
  • Separación de hecho por más de dos años, a menos que haya hijos menores de edad.
  • Separación convencional, siempre que hayan transcurrido dos años desde el matrimonio.

¿Qué derechos podría reclamar el cónyuge afectado por infidelidad?

Si un cónyuge descubre que su pareja le ha sido infiel y posee pruebas que demuestran que hubo una relación extramarital, tiene la opción de solicitar el divorcio por la causal de adulterio. Según el Código Civil, este trámite debe realizarse dentro de los seis meses siguientes al momento en que la persona toma conocimiento del hecho.

En caso de no realizar la solicitud dentro de ese plazo, se considera que el cónyuge afectado ha perdonado o aceptado la infidelidad. Así lo explicó el abogado Salvador Bejarano, quien detalló que, pasado el tiempo establecido por la ley, la persona ya no podrá exigir el divorcio bajo este motivo.

“La ley señala que, si una persona quiere divorciarse por esa causal, debe plantearla en un plazo máximo de seis meses desde que tomó conocimiento del hecho. Si no lo hace durante ese periodo, la ley asume que la persona está perdonando o consintiendo la infidelidad”, advirtió Salvador Bejarano.




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