Uso de ácido para agredir a mujeres se castigará con más fuerza
La utilización del ácido para agredir a mujeres, así como de cualquier tipo de sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, será castigada con más dureza, gracias a una reforma aprobada este martes por la Asamblea Legislativa.
Se trata de un proyecto de ley impulsado por la diputada Daniela Rojas, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y que tuvo el voto afirmativo, unánime, de los 44 legisladores presentes en la votación del primer debate.
La iniciativa modifica el inciso e) del artículo 8 de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres (Ley 8589), para que se pueda considerar el uso de ácidos, sustancias tóxicas, corrosivas o inflamables, como una circunstancia agravante de los delitos que ya penaliza esa legislación.
Esta circunstancia permitirá al juez que imponga la pena aumentar hasta en un tercio la sanción penal que esté señalada para el correspondiente delito.
“Incluir una agravante para estos delitos tiene un doble propósito: primero, servir como un disuasivo para potenciales agresores al establecer sanciones más severas, y segundo, proporcionar un sentido de justicia más pleno para las víctimas, reconociendo la gravedad del daño infligido y el sufrimiento adicional causado por el uso de tales sustancias”, explicó Daniela Rojas en la exposición de motivos del proyecto de ley.
Entre las penas que se imponen con dicha legislación están la de prisión como pena principal, así como las penas alternativas: detención de fin de semana, prestación de servicios de utilidad pública, el cumplimiento de instrucciones, el extrañamiento o las penas accesorias, como la inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos o de ejercicio de la tutela de bienes.
Por ejemplo, la pena por maltrato que se describe en la ley vigente es de tres meses a un año, por lo que sería de cuatro meses a 16 meses si fuera con ácido. En el caso de daño en el físico o la salud de la mujer, cuando lo cause una persona con quien tiene vínculo de pareja, matrimonial o unión de hecho, la pena vigente es de ocho meses a dos años de prisión, pero si ese daño se hiciera con ácido, sería de 10,6 meses a dos años y diez meses.
Durante la tramitación de la iniciativa, la Defensoría de los Habitantes reconoció que existe una brecha en la legislación actual, porque para los delitos con sustancias corrosivas, actualmente no se cuenta con una agravante específica.
“Esta omisión debilita la protección de las mujeres y podría favorecer la impunidad de los agresores. La Defensoría de los Habitantes enfatiza en la urgencia de cerrar esta brecha”, declaró en su momento la institución.
Tal como lo explicó la exposición de motivos del proyecto, el uso de estas sustancias resulta en lesiones severas, como quemaduras de tercer grado, ceguera, desfiguración permanente y, en muchos casos, discapacidades permanentes. “Estas consecuencias exacerban el sufrimiento de las víctimas y tienen un impacto duradero en su calidad de vida”, dice la iniciativa.