¿Cómo se reparte una herencia sin testamento en España?
Cada vez son más las personas que deciden firmar antes su testamento. El deseo de decidir lo que pasará con su patrimonio después de fallecer, lleva a muchas personas a tomar esta decisión con, a priori, bastante margen de tiempo. Y es que, parece que son pocos los que están dispuestos a que sea el Estado el que se encargue de tomar una decisión tan personal. Las herencias en España constan de tres partes: tercio de la legítima, tercio de mejora y tercio de libre disposición. Lo que permite tener un testamento antes de fallecer, es distribuir el patrimonio de la forma que el testador decida; cumpliendo siempre con los tres tercios establecidos por ley.
El tercio de la legítima se reparte siempre entre los herederos legítimos del fallecido. Estos son, tanto el cónyuge como sus descendientes, si los hubiera. En el caso de que el testador haya tenido hijos, pero éstos hayan muerto antes que él, esta parte la recibirán sus nietos, en el caso de que disponga de ellos. Por su parte, el tercio de mejora es la parte de la herencia que recibe por voluntad del testador, un descendiente en particular del mismo. Cabe la posibilidad de que el fallecido decida entregar esta parte a uno de sus herederos para compensarle sobre el resto. Este tercio de mejora no impedirá a sus herederos recibir también su correspondiente tercio de la legitima.
Por último, está el conocido como tercio de libre disposición. Gracias a esta parte, el testador podrá distribuir sus bienes cómo mejor le parezca, independientemente de que la persona elegida guarde una relación de parentesco con él o no. Estas son las opciones que tendrás a la hora de repartir tus bienes si decides firmar tu testamento antes de morir.
¿Qué ocurre con las herencias que no tienen testamento?
En estos casos, será el propio Estado el que se encargue de distribuir la herencia ante notario. Las herencias sin testamento, también son conocidas en España por el nombre de “sucesiones intestadas”. Este tipo de herencias se producen cuando una persona fallece sin haber dejado antes por escrito, cómo quería que se repartieran sus bienes y propiedades una vez llegado el momento de abandonar este mundo.
Ante esta situación, es el Estado el que se encargará de gestionar la misma, estableciendo un orden de sucesión y decidiendo quiénes serán los herederos. Este orden puede variar en función de si el fallecido tenía o no descendientes, cónyuge, o incluso padres u otros familiares directos.
¿Cómo se reparte una herencia sin testamento en España?
En el caso de las herencias que no disponen de testamento, será el Estado el que se encargue de hacer su distribución en España. El tercio de libre disposición quedará eliminado, y todas aquellas personas que demuestren tener una relación de parentesco con el fallecido, podrán recibir su correspondiente parte de la herencia. Y es que, este derecho está establecido por ley, y debe cumplirse independientemente de que exista o no testamento.
La parte de bienes y patrimonio que te corresponde como heredero, y que el Estado te asignará como parte de una herencia que no disponga de testamento previo, dependerá del grado de parentesco que tengas con la persona fallecida. En el caso de que ésta disponga de descendientes, recibirán una parte igualitaria de esta herencia. Si todavía viven sus padres, el Estado reservará otra parte de la misma para ellos, la cuál será menor a la que perciba el cónyuge que siga viviendo.