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El Supremo retrasa 48 horas la declaración de Ábalos y ataja la filtración de los vídeos de los interrogatorios

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El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha retrasado 48 horas la declaración como investigado del exministro José Luis Ábalos, que finalmente comparecerá de nuevo por el "caso Koldo" -una vez concedido el suplicatorio por el Congreso- el próximo día 20, y no el 18 como inicialmente acordó el instructor. Puente accede así a la petición de la defensa del ex secretario de Organización del PSOE, que pidió un cambio de fechas al tener señalado con anterioridad una actuación procesal en el Juzgado de lo Penal número 24 de Madrid.

Ahora, Ábalos -investigado por delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación por su supuesta responsabilidad en la adjudicación de contratos públicos a empresas de la trama- deberá acudir al Supremo el día 20 a las diez de la mañana, aunque tras su declaración, le recuerda el magistrado, se celebrará "la correspondiente comparecencia al efecto de ponderar la adopción de medidas cautelares de naturaleza personal que pudieran proceder respecto al mismo". Unas medidas cautelares (que pueden ir desde la mera obligación de comparecer periódicamente en los juzgados hasta la retirada de pasaporte, la prohibición de salir de España o, incluso, la prisión provisional con o sin fianza) que, en todo caso, deberán solicitar las acusaciones para que el instructor pueda ponderar si las acuerda o no.

Además, Puente ha adoptado otra decisión en el marco del procedimiento: a partir de ahora, solo trasladará a acusaciones y defensas la transcripción de las declaraciones de testigos e investigados, y no los vídeos de las mismas, que se incorporarán a una pieza de "información sensible" que será accesible únicamente "para el órgano jurisdiccional y para la Fiscalía, aunque los letrados de la acusación y defensa podrán consultar las grabaciones audiovisuales en la secretaría de la Sala Segunda si precisan consultar algún extremo concreto para el que no les bastara con la trascripción".

El juez atiende así las quejas de Ábalos, tras la filtración del "completo contenido de las grabaciones audiovisuales" de su declaración y de las que prestaron el comisionista Víctor de Aldama y Koldo García, exasesor del ministro. "El hecho cierto -admite el instructor- es que las tres declaraciones que han sido hasta este momento practicadas en la presente causa especial resultaron íntegramente filtradas a los medios de comunicación, habiendo dispuesto las partes de completo e íntegro acceso a la totalidad de las actuaciones".

Una difusión, asegura, que lesiona "el carácter reservado que, no por casualidad, es propio de las actuaciones instructoras", cuyo objetivo es "preservar los derechos" de los declarantes, "tanto en su condición de investigados como también en la de testigos", evitando así "que lo declarado por ellos pueda trascender hasta tanto no se declare abierto, si hubiere lugar a ello, el juicio oral".

Ese carácter reservado, añade el juez -que recientemente ha solicitado a la UCO un examen del patrimonio de Ábalos y el análisis de sus comunicaciones con el ministro Ángel Víctor Torres y el secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, a quienes Aldama vincula con la trama de comisiones a cambio de adjudicaciones públicas- persigue asimismo el "buen fin de la investigación, entorpecida seriamente cuando cada uno de sus hitos resulta de conocimiento general". Pues de esta forma, lamenta, se permite a los testigos que aún no han declarado que "puedan venir en conocimiento, de forma íntegra y completa, del contenido de lo declarado por quienes les precedieron".

No obstante, Puente considera que no es necesario acordar el secreto, total o parcial, de la instrucción para evitar que las partes "puedan tomar conocimiento de las actuaciones practicadas e intervenir en ellas". Pero dado que esas filtraciones, recalca, pueden "comprometer de forma grave el resultado de la investigación", el juez ve necesario evitar que la situación se repita, por lo que acuerda que desde este momento solo se facilite a las partes una transcripción.

El magistrado también descarta "emplear marcas de agua u otros signos distintivos en las copias de los documentos escritos entregados a las partes, no ya solo por la dificultad técnica" que supone, sino porque -dado que las acusaciones populares están agrupadas bajo la representación del PP- la medida "no permitiría identificar la procedencia de la eventual filtración".

En todo caso, insta a defensas y acusaciones a "abstenerse de publicar o facilitar la publicación del resultado de las diligencias de investigación practicadas, no ya por las sanciones que, en el improbable caso de que pudieran ser identificados sus responsables resultaría lo procedente imponer, sino comprendiendo los graves perjuicios de diferente naturaleza que otra conducta pudiera causar".

"No ignora este instructor el marcado interés público de la causa que aquí se impulsa", admite, por lo que aclara que "nada quedará oculto ni blindado al conocimiento de la ciudadanía" porque así lo garantiza "la publicidad del juicio que eventualmente se celebre". Pero en la fase de instrucción, reitera, la divulgación de esas imágenes "solo obstáculos comporta para el esclarecimiento de lo realmente sucedido, con padecimiento además de los derechos fundamentales de las partes".




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