El Tribunal Electoral revocó el acuerdo del INE con el que distribuyó los tiempos de radio y televisión, tanto para las campañas judiciales como para las municipales de Durango y Veracruz, al darle la razón a la CIRT porque no fue consultada y a los partidos políticos por exclusión indebida.Como MILENIO anticipó, la magistrada Janine Otálora consideró que la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) tenía razón al alegar en su juicio, que el INE aplicó "cargas excesivas" en los espacios obligatorios que las concesionarias deben destinar al proceso electoral y sin siquiera consultarlos.En lo que lamagistrada Otáloracoincidió y el resto del pleno la respaldó, para ordenar al INE que apruebe un nuevo acuerdo consultando antes a la CIRT."El Consejo General del INE tiene facultades suficientes para consultar a las organizaciones que agrupan a las concesionarias de radio y televisión, así como a las personas profesionales de la comunicación sobre, justamente, el tema de lineamientos generales aplicables. Por ejemplo, a los programas que difundan noticias a través de estos medios de comunicación masiva."Por tanto, estimo que al encontrarnos frente a un proceso electoral inédito y a efecto de garantizar la plena participación de todas las personas involucradas en la conformación de la pauta impugnada, resulta necesario no sólo jurídicamente, sino también en cuanto a un tema de prerrogativas que se recabe la opinión de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, la CIRT", explicó la magistrada. Además, los partidos políticos exhibieron que el INE los excluyó del debate bajo el argumento de que no pueden participar en la elección judicial por prohibición constitucional, sin embargo, mezclaron las elecciones municipales de Durango y Veracruz que por ley, debe considerarlos.En este punto, la Sala Superior también les dio la razón pues consideraron que ésta, es una de las excepciones que debe tomar el Consejo General."Yo estimo que la responsable dejó de observar que, en este acuerdo impugnado, no solamente abordaban cuestiones relacionadas con el proceso electoral extraordinario judicial, sino que también involucró decisiones que impactan en el uso y goce de las prerrogativas de los partidos políticos en materia de radio y televisión, para los procesos electorales locales que se llevan a cabo en los estados de Durango y de Veracruz, pero también en cuanto a esta prerrogativa en tiempos ordinarios."Y para mí esta razón es suficiente para considerar que este caso, la integración del pleno del Consejo sí debió de haber previsto la participación de los partidos políticos en la deliberación de este tema, debido a que, justamente, ellos tienen un carácter, también, de garantes del adecuado desarrollo de los procesos electorales ordinarios".De esta manera, el INE deberá consultar a las concesionarias el proyecto de distribución de los tiempos que todos los días tendrán que destinar en radio y televisión, para promover el proceso electoral judicial y el local en Durango y Veracruz, y los partidos podrán opinar en el segundo caso.IOGE