Tomás Jordán: “La acusación contra Maya Fernández sería una interpretación extensa de la Constitución”
Los diputados del Partido Republicano anunciaron este lunes una nueva acusación constitucional contra la ministra de Defensa, Maya Fernández. La denuncia se centró en la fallida compra de la casa del expresidente Salvador Allende, propiedad de la secretaria de Estado y su familia. Los parlamentarios argumentaron que Fernández violó la Constitución al firmar un contrato con el Gobierno.
En paralelo, la Unión Demócrata Independiente (UDI), en conjunto con Renovación Nacional (RN), sostuvieron que la titular de la cartera vulneró la prohibición constitucional. El jefe de la bancada de la UDI, Gustavo Benavente, declaró que están trabajando en “unificar los borradores” de la acusación junto a Republicanos, con el objetivo de presentar un solo texto como Chile Vamos en los próximos días.
En conversación con Radio Universidad de Chile, el abogado constitucionalista y académico en la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Jordán, analizó el requerimiento de inhabilidad contra la ministra de Defensa, Maya Fernández. De acuerdo al experto, la fallida compraventa “generó una serie de acciones ante el Tribunal Constitucional para declarar su cesación en el cargo (…) El caso de la senadora sería de aquellos que la Corte se tiene que pronunciar. Pero esa frase no la ocupa la Constitución para los ministros y ministras de Estado.”
El jurista explicó que “la Constitución no atribuye expresamente esta competencia al Tribunal para ministros, sugiriendo que el único camino sería la acusación constitucional“. Esto implica que, según su interpretación, el órgano de justicia no debería conocer casos de cesación en el cargo de secretarios de Estado, ya que la Constitución no lo establece de manera explícita.
“Un grupo parlamentario sí le quiso fijar la atribución y para otro no le quiso fijar la atribución. Si hubiese querido, el constituyente le pone en ambos numerales conocer la cesación en el cargo de ministro, conocer la cesación en el cargo de parlamentario“, detalló.
El abogado mencionó que en ocasiones los juristas deben “entender las cosas tal cual están y entenderlas de acuerdo a su propio contexto”.
Sin embargo, Jordán también señaló que: “Muchas veces los tribunales constitucionales hacen interpretaciones de la Constitución y podría pasar, yo no estoy de acuerdo en esta interpretación, pero podría pasar que la palabra inhabilidad la entienda en un sentido extenso”. Esto es lo que está detrás del requerimiento de los abogados en el caso de la ministra Maya Fernández.
Parlamentarios de Chile Vamos y Republicanos anuncian presentación de acusación constitucional contra la ministra de Defensa, Maya Fernández. Sebastián Cisternas/Aton Chile
Por otra parte, según Jordán, la senadora Allende, al ser socióloga, confió en el criterio jurídico de las distintas instancias del Gobierno. De forma que, la decisión se tomó con la creencia de que no se infringía ninguna norma.
“Cuando uno vela por su interés particular por sobre la nación, le tiene que causar un perjuicio al mismo, y entre esos tipos de perjuicios, según el tipo de contrato, en este caso sería uno económico porque tendrían que desembolsar dinero para pagarle en particular, en este caso, a una senadora. Por lo tanto, junto con examinar que la persona no estuvo de mala fe respecto al contrato, también es importante saber si se causó un perjuicio al Estado o no. Y como el convenio no se concluyó, uno puede decir que no, y por lo tanto es un elemento que el Tribunal tiene que evaluar”, precisó Jordán.
En esa misma línea sostuvo que “no es que solamente haya suscrito el contrato y uno diga ‘tiene que cesar en el cargo’. No. No funciona así y yo creo que eso es lo que va a examinar el Tribunal“. Esto sugiere que la Corte Constitucional deberá revisar las pruebas que presenten los requirentes para estimar si realmente hubo una infracción a la norma constitucional y si se causó un perjuicio al Estado.