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Despiden a un trabajador de Mercadona por comerse unos cruasanes sin pagar y un abogado laborista reacciona: «Este tipo de conductas...»

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Abc.es 
Los conflictos laborales están al orden del día pero hay casos que llaman especialmente la atención, como el que acaba de trascender en Illescas (Toledo). Allí, hace un tiempo, un empleado de un Mercadona acabó siendo despedido después de descubrirse que se comió, sin pagar, un cruasán de chocolate del supermercado. Al parecer, no lo hizo solo una vez y la cadena acabó instalando cámaras en el almacén para vigilar qué ocurría y, tras confirmarse las sospechas, lo despidieron. El empleado, indignado por lo que ocurrió y por los argumentos, llevó el caso acabó en los juzgados y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha acaba de ratificar que el despido fue procedente. El caso está generando bastante controversia, en parte porque lo 'sustraído' eran productos muy baratos. Todo ello ha llevado al abogado laboralista Ignacio de la Calzada, muy conocido por su perfil en TikTok @laboral_tips, a hablar de la realidad legal de este « despido por céntimos » y la publicación ya supera en cuestión de horas las 107.000 visualizaciones. « El cruasán da la razón a Mercadona , que por una vez tiene despidos procedentes», asegura Ignacio al principio de su vídeo. Él mismo remarca que el empleado llevaba llevaba desde 2019 en la empresa y estaba muy bien valorado pero mientras trabajaba abría una bolsa de cruasánes y se comía uno. «Lo hacía de forma reiterada y repetida» e incluso hizo lo mismo con un paquete de galletas, apunta el abogado, que incide en que «no abonaba los productos». Así, la empresa se enteró y procedió a despedirlo disciplinariamente. Expuesto el caso, Ignacio se pregunta si «por cuestión de céntimos te pueden despedir» y tiene clara la respuesta. «Pues sí. No importa el dinero, no importa la cuantía económica de lo sustraído» insiste el experto, que deja clara que lo importante del caso es «la clara conducta de la transgresión de la buena fe contractual». Es decir, remarca, que «no importa la cuantía, sino que lo que importa son los hechos». El abogado deja claro que « este tipo de conductas no admiten proporcionalidad ni graduación » y que cualquier tipo de hurto, «valga un céntimo o 10.000 euros, al final el hecho es el mismo: has abusado de la confianza». Frente a eso, Ignacio argumenta que la empres puede alegar que «no puede confiar en ti y el despido normalmente suele ser declarado procedente, como en este caso». La reflexión no acaba aquí y es que el 'tiktoker' alerta de que este argumento puede ser válido «tanto para autoconsumos como por ejemplo material de oficina o incluso en algunos supermercados los descuentos de los clientes, que muchas veces se los quedaban los cajeros». Ignacio añade, además, que hay bastante jurisprudencia al respecto ya que hay bastantes casos, como por ejemplo de dependientes que incluso pasaban su propia tarjeta tras la compra de un cliente. «Así que mucho ojo, porque a veces algo tan sencillo como un cruasán puede costarte el trabajo», acaba el abogado el vídeo, que ha despertado decenas de comentarios. Entre ellos, hay quien ha confirmado que el delito sería el mismo aunque se cogieran productos que se van a tirar , algo que también sería considerado un hurto, y también otros no entienden por qué el caso se podría haber resuelto con «una llamada de atención o incluso una suspensión temporal de empleo».



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