Gobierno introduce figura del “Reinfo hereditario” en reglamento pese a no estar contemplada en la ley
El Poder Ejecutivo oficializó este domingo el reglamento que amplía el plazo del proceso de formalización minera a través del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), incluyendo una polémica novedad: la figura del “Reinfo hereditario”, que permite transferir la inscripción minera a los herederos del titular fallecido, a pesar de que esta posibilidad no está contemplada en la Ley N.º 32213.
A través del decreto supremo N.º 009-2025-EM, publicado este 18 de mayo, el Gobierno establece nuevas condiciones para permanecer en el Reinfo, incluyendo la transferencia de titularidad por sucesión cuando el titular inscrito fallezca.
De acuerdo con el dispositivo legal, para que esta herencia sea válida, "la sucesión debe estar inscrita en los Registros Públicos". Además, en caso existan varios herederos, se les exige constituir una persona jurídica integrada solo por ellos, con el objetivo de que exista un único responsable ante el Estado por las actividades mineras y sus consecuencias ambientales.
“Reinfo heredable gracias a la Dirección General de Formalización Minera del Minem", apuntó el abogado especializado en derecho ambiental, César Ipenza. A juicio del especialista en minería, Iván Arenas, de esta forma, un trámite administrativo se convierte en un derecho. En su lectura, "el Reinfo continuará y será perpetúo, no habrá ley Mape, la formalización continuará pendiente y no se separará la “paja del trigo” entre informales e ilegales".
Reinfo, casi una década después
El Reinfo fue creado en 2016 como una vía transitoria para formalizar a los pequeños mineros informales. No obstante, casi una década después, hay una escasa efectividad.
A mayo de 2025, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) reporta que solo el 23.8% de las 83.637 inscripciones siguen vigentes. El resto ha sido suspendido por incumplimientos. En regiones como Pataz (La Libertad), donde el crimen organizado ha penetrado profundamente la minería informal, más de dos tercios de los procesos están inactivos.
En ese contexto, la posibilidad de heredar inscripciones en el Reinfo podría facilitar que mafias mantengan operaciones bajo apariencia legal.
Además, se ha identificado a más de 6.000 titulares inscritos que no reportan producción desde 2021, lo que evidencia un uso instrumental del Reinfo para operar sin control tributario ni ambiental, mientras el oro continúa saliendo del país sin dejar beneficios para el Estado.
Otros cambios del reglamento
El nuevo reglamento también incluye la creación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), una plataforma que permitirá rastrear minerales, explosivos e insumos químicos, con el objetivo de cerrar brechas en fiscalización.
Dicha herramienta permite acceder a la información relacionada con las actividades desarrolladas en el ámbito de la pequeña minería y minería artesanal, con el fin de facilitar la identificación de incumplimientos y asegurar la formalización.
“Es una ley que ustedes (Congreso) nos dieron el 27 de diciembre del año pasado. Y en esa norma, ordenan tres cosas. Primero, la puesta en marcha de un sistema interoperable que reemplace al Reinfo”, indicó hace unos días el ministro de Energía y Minas, Jorge Montero ante la Comisión de Energía y Minas.
Además, fija un plazo único e improrrogable de 45 días para que los inscritos suspendidos presenten al menos uno de los requisitos exigidos para evitar la revocatoria definitiva.
"Las personas con inscripción suspendida en el Reinfo, que solo cuenten con el RUC y no hayan cumplido con alguno de los requisitos necesarios para levantar dicha suspensión desde la entrada en vigor del Decreto Supremo N° 009-2021-EM, disponen de un plazo único e improrrogable de 45 días calendario para presentar al menos uno de los requisitos establecidos en el artículo 4 del mencionado Decreto Supremo", reza la norma.
Además, se obliga a comercializadores de oro a registrar datos detallados de cada operación, incluyendo la ley, origen y precio del mineral, y a reportar mensualmente dicha información al Minem, en un intento por frentar la evasión, el comercio ilegal y el lavado de activos en el sector.