Según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, el ministerio de Hacienda está obligado a indemnizar a
este grupo de contribuyentes que tiene derecho a las deducciones fiscales del IRPF por las cotizaciones aportadas en mutualidades laborales antes del 1978, así lo ha reconocido la Dirección General de Tributos en una consulta a CCOO.
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