La entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 obliga a aplicar el nuevo artículo 785 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a todos los procedimientos sin juicio oral celebrado. Pese a ello, la Fiscalía limita su alcance en la Nota Interna 1/2025, una interpretación que contradice la norma, la doctrina procesal y la jurisprudencia constitucional