Defensa pide a los ejércitos que justifiquen por qué cambian el orden de los ascensos
- Procesos de evaluación en las Fuerzas Armadas
- El cuestionado coeficiente de junta
- Propuesta de la Asociación Profesional de Suboficiales
- Respuesta del Ministerio de Defensa
- Justificación teórica del coeficiente
- Informe Personal de Evaluación
- Repercusiones judiciales
- Expectativas para futuras evaluaciones
Procesos de evaluación en las Fuerzas Armadas
Los procesos de evaluación para el ascenso en las Fuerzas Armadas son objeto de recursos administrativos y judiciales y de polémicas por algunos militares que se consideran agraviados, tratados de forma injusta y arbitraria.
El cuestionado coeficiente de junta
Una de las cuestiones que provoca conflictos es el “coeficiente de junta”.
En los proceso de evaluación hay una parte que es más automática y objetiva. Los distintos méritos de los militares evaluados se puntúan conforme a un baremo ya establecido, y el sistema informático arroja una nota, una puntuación numérica, según los destinos, los Informes Personales de Calificación (IPEC), las condecoraciones, los cursos, las felicitaciones, las sanciones disciplinarias, las misiones en el exterior...
De ahí sale una nota para cada militar evaluado, y todos quedan así ordenados. Pero ese orden puede cambiar. La normativa que regula los procesos de evaluación contempla que la junta de evaluación puede modificar la nota de cada militar: puede aumentarla o disminuirla en un 15% de la diferencia entre el primer y el último clasificado.
Ese es el coeficiente de junta, que introduce una discrecionalidad (que algunos afectados consideran arbitrariedad) contra la que algunos militares han peleado en los tribunales.
Propuesta de la Asociación Profesional de Suboficiales
Confidencial Digital ya contó hace unas semanas que la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas había registrado una propuesta ante el Ministerio de Defensa en la que solicitaba que la aplicación de dicho coeficiente de junta se justificara en los Informes Personales de Evaluación.
En un pleno reciente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (Coperfas) se abordó esa propuesta para “que las juntas de evaluación precisen detalladamente en el Informe Personal de Evaluación (IPEV) las circunstancias de la aplicación de los apartados quinto.6 y sexto.7 de la Orden Ministerial 17/2009, de 24 de abril”.
Respuesta del Ministerio de Defensa
La Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas ha informado a sus socios de que su solicitud tuvo éxito: “El ministerio estimó la propuesta, e instará a los Mandos de Personal a que especifiquen las circunstancias”.
Desde la asociación explican a Confidencial Digital que el Ministerio de Defensa no va a cambiar la norma que regula los procesos de evaluación, porque esa norma ya recoge lo que ellos piden.
A lo que se comprometió el Ministerio de Defensa en esa reunión fue a instar a los mandos de Personal del Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire (cabe suponer que también a los órganos análogos responsables de las evaluaciones en los Cuerpos Comunes) a que en cada Informe Personal de Evaluación que se entrega a cada militar evaluado se especifiquen las circunstancias que han llevado a la junta a aplicar el coeficiente para subir o bajar la nota.
Justificación teórica del coeficiente
Los militares afectados por ese coeficiente de junta critican que la norma realmente ya ordena a las juntas de evaluación que expliquen las circunstancias y los motivos por los que se ha modificado una puntuación.
En teoría el coeficiente de junta se justifica como una forma de que la junta de evaluación pueda aplicar unos criterios que no son automáticamente cuantificables. Por ejemplo, que entienda que para un determinado empleo, o destino, es preferible darle más valor unas capacidades o experiencias de un evaluado, que encajen mejor con las funciones que tendrá que acometer en su nuevo empleo o destino.
Informe Personal de Evaluación
El problema hasta ahora es que el Informe Personal de Evaluación no recoge esas explicaciones.
Las juntas de evaluación sólo mencionan que se ha modificado el orden de ascenso “por la circunstancia contemplada en el apartado sexto, pto. 7, letra a, de la O.M. 17/2009, de 24 de abril”, es decir, la modificación de la nota decidida por la junta de evaluación que contempla la orden ministerial.
Esa falta de explicaciones es uno de los principales motivos por los que un oficial de la Armada recurrió en la jurisdicción contencioso-administrativa un proceso de evaluación para el ascenso.
Repercusiones judiciales
Incluso ha llevado el asunto ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al entender que la Armada y posteriormente la Audiencia Nacional, que desestimó su recurso, vulneraron la doctrina del tribunal de Estrasburgo sobre motivación reforzada en procedimientos que afectan al desarrollo profesional, en particular cuando se discuten decisiones discrecionales de especial relevancia para el interesado.
La orden ministerial ya en vigor establece que “al finalizar el proceso se entregará al interesado un Informe Personal de Evaluación (IPEV) que contendrá el resultado de la evaluación y se ajustará al formato establecido en el anexo II de esta orden. Cuando la junta de evaluación aplique lo establecido en esta orden ministerial en sus apartados quinto.6, sexto.7 y en el último punto del apartado i) del anexo I, ello quedará reflejado en el IPEV. De igual forma se procederá cuando se supriman informes personales de calificación en aplicación de lo establecido en el apartado cuarto.3. Las juntas de evaluación precisarán las circunstancias de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior en el IPEV. Asimismo, detallarán otros informes utilizados en la evaluación”.
En la práctica, sin embargo, las explicaciones se limitan a frases como “por la circunstancia contemplada en el apartado sexto, pto. 7, letra a, de la O.M. 17/2009, de 24 de abril”, que no ahondan en los motivos que han llevado a la junta de evaluación a subir o a bajar la puntuación de un militar.
Expectativas para futuras evaluaciones
Según explican desde la Asociación Profesional de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, su petición al Ministerio de Defensa se debe a polémicas recientes.
En el último ciclo de ascensos, un número llamativo de brigadas y subtenientes del Ejército del Aire ha presentado recursos de alzada contra la ordenación definitiva, recursos que Asfaspro prevé que terminen en los tribunales.
Un buen grupo de evaluados denunció que la junta de evaluación había aplicado el coeficiente de forma que alteró de forma sustancial la ordenación definitiva. Eso supone que suboficiales que, según la nota inicial de “la máquina”, la evaluación numérica de méritos, habían quedado en posición de ascender, ya no lo harán en detrimento de otros compañeros.
Ante ese perjuicio en su carrera profesional, vieron que la única explicación en su Informe Personal de Evaluación era una mera referencia a que se había aplicado el precepto de la orden ministerial que permite alterar la nota, pero sin detallar los motivos personalizados de cada cambio en la puntuación.
Asfaspro pretendía que ese compromiso del Ministerio de Defensa se aplicara a esos procesos de evaluación en el Ejército del Aire, y que el jefe del Mando de Personal, teniente general Fernando Torres San José, diera orden a las juntas de evaluación implicadas en los ascensos de suboficiales para que emitieran informes adicionales que explicaran las circunstancias de los cambios de nota.
Sin embargo, el director general de Personal del Ministerio de Defensa, general de división de Intendencia de la Armada José Ramón Velón Ororbia, rechazó esa posibilidad, ya que se trata de una evaluación ya cerrada.
Por tanto, lo que se espera es que en las próximas evaluaciones las juntas reflejen en los Informes Personales de Evaluación los motivos por los que han subido o bajado la nota a algunos evaluados.
