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Ноябрь
2025

Pérez Llorca no cruzó mensajes con Mazón y Pradas el día de la dana

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Abc.es 
El móvil del candidato del PP a presidir la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca , no refleja mensajes de WhatsApp con Carlos Mazón ni con la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas el día de la dana que dejó 229 víctimas mortales en la provincia de Valencia. Así consta en el acta de cotejo de la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ) de las fotografías aportadas al expediente por Pérez Llorca correspondientes a conversaciones a través de la aplicación el 29 de octubre de 2024. Una vez hecho el cotejo, la juez de Catarroja que instruye la causa sobre la gestión de la barrancada las ha incorporado al procedimiento en el que figuran como investigados la exconsellera y su ex número dos, el ex secretario autonómico Emilio Argüeso . Una primera fotografía corresponde a una conversación con Argüeso a través de la aplicación, con el envío de un contacto: el del alcalde de Algemesí. La segunda fotografía corresponde a una conversación con Carlos Mazón a través de WhatsApp donde no se observa ningún mensaje recibido ni enviado el 29 de octubre y la tercera, a una con Salomé Pradas por el mismo medio, y donde tampoco se observa ningún mensaje recibido ni enviado el 29 de octubre ni ninguna conversación entre el 30 de septiembre y el 31 de octubre. El pasado viernes, fecha en la que declaró Pérez Llorca como testigo en el juzgado, la magistrada acordó que la LAJ procediera al cotejo de los mensajes de WhatsApp del 29 de octubre entre el testigo Juan Francisco Pérez Llorca, y los investigados Salomé Pradas y Emilio Argüeso, así como con el presidente de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón. Y dada la conformidad manifestada por el testigo en su declaración testifical del viernes, la jueza le pidió que aportara, en el plazo de cinco días, la factura del teléfono corporativo del Ayuntamiento de Finestrat , donde es alcalde, con el que hizo o recibió las llamadas con Mazón a las 18.57 horas, y con Salomé Pradas a las 18.57, 18.58 y 18.59 del día de la dana. Con el correspondiente cotejo, la magistrada quiere saber, a la vista de la factura, si las llamadas son entrantes o salientes y su duración, así como el orden en el que se efectuaron o recibieron.



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