¿Has trabajado fuera de España? Este obstáculo puede dejarte sin el subsidio de mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda que otorga la administración pública a aquellos trabajadores que hayan agotado por completo la prestación por desempleo —que se podrá cobrar durante un máximo de 720 días—, que no puedan acogerse a una jubilación anticipada y además no dispongan de rentas que les permitan vivir dignamente.
Esta ayuda, que garantiza una cotización del 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a cargo del Estado, es clave para miles de personas que buscan asegurar su futura pensión contributiva.
Las personas que quieran acceder a este subsidio deben cumplir varios requisitos. Entre las condiciones más relevantes se encuentran haber cotizado al menos 15 años, con dos dentro de los últimos 15, y acreditar seis años cotizados por desempleo en España a lo largo de la vida laboral. Este último punto es el que más complica la situación de quienes han trabajado fuera del país, ya que las cotizaciones por desempleo realizadas en el extranjero no son válidas para este requisito.
La Seguridad Social española permite totalizar cotizaciones de otros países para acreditar los 15 años necesarios para la jubilación, pero solo en determinados casos. El organismo detalla que "si has realizado un trabajo en un país de ámbito comunitario, puedes hacer uso de los períodos cotizados para acceder a prestaciones por desempleo en otros países". En esos casos, "la información sobre los períodos cotizados será intercambiada, principalmente por vía electrónica, entre las instituciones y no hay obligación de que los trabajadores migrantes entreguen el PD U1 (un documento) sino que la institución que tramita la solicitud de prestaciones por desempleo deberá solicitar la información necesaria a través del intercambio electrónico de datos (EESSI) con la institución competente del país donde efectuó sus cotizaciones", continúa. Eso sí, "se reducirá la duración de la prestación que se apruebe en España en tantos días como hayas cobrado dicha prestación en cualquier otro país del ámbito comunitario".
Entonces, ¿con qué países existe este beneficio? La Seguridad Social explica que serán los siguientes:
- Países de la Unión Europea (UE).
- Espacio Económico Europeo (EEE).
- Suiza.
- Reino Unido, gracias al Acuerdo de Comercio y Cooperación tras el Brexit.
- Australia, como excepción destacada.
- Países con convenio bilateral con España, entre ellos: Andorra, China, Marruecos, Túnez, Argentina, Colombia, México, Ucrania, Corea, Paraguay, Uruguay, Brasil, Ecuador, Perú, Venezuela, Cabo Verde, Estados Unidos, República Dominicana, Canadá, Filipinas, Rusia, Chile, Japón y Senegal.
Subsidio compatible con el empleo
La cuantía mensual de este subsidio es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes (80% de 600 euros).
Además, tras la reforma de 2024, es compatible con trabajos por cuenta ajena durante un máximo de 180 días mediante el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). No obstante, para acceder a este subsidio también será necesario no superar el límite de rentas, fijado en el 75% del SMI, lo que equivale a 888 euros mensuales.
