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Una sentencia pionera abre la puerta a que 10.000 conductores recuperen su saldo de puntos

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Abc.es 
El sistema sancionador de tráfico en España enfrenta un terremoto jurídico tras la reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 29 de Madrid. El fallo ha condenado al Ayuntamiento de la capital a devolver los puntos detraídos a un conductor cuya multa por «foto-rojo» no fue notificada legalmente, además de imponer al consistorio el pago de 300 € en costas. De este modo se convierte en una sentencia pionera que abre la puerta a que 10.000 conductores recuperen su saldo de puntos. El fallo desmonta la estrategia de las administraciones de anular la multa económica pero mantener la retirada de puntos. Esta resolución, impulsada por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), supone un hito: es la primera vez que se obliga explícitamente a reponer la «mochilita de puntos» tras una notificación defectuosa. El origen del conflicto se remonta a una sanción de 200 € y 4 puntos por rebasar un semáforo en rojo en la Av. del Mediterráneo. El afectado nunca recibió la carta en su domicilio; sin embargo, el Ayuntamiento ejecutó la sanción basándose en una publicación en el BOE (notificación edictal). Aunque el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM) acabó anulando la multa económica por falta de eficacia en la notificación, el Ayuntamiento se negó a devolver los puntos, alegando que el TEAM no tenía competencias sobre la DGT. La nueva sentencia judicial tumba este argumento: si la sanción no es firme por falta de notificación, la detracción de puntos es ilegal desde su origen. Según datos de AEA, aproximadamente el 5% de los 2,5 millones de denuncias anuales en Madrid conllevan pérdida de puntos. El presidente de AEA, Mario Arnaldo, estima que cerca de 10.000 conductores madrileños se encuentran en la misma situación de indefensión y podrían recuperar su saldo ahora. Según explican desde AEA «a nadie se le puede obligar a leer a diario los boletines oficiales para ver si su nombre aparece». La justicia exige ahora «mínima diligencia»: antes de acudir al BOE, el Ayuntamiento debe buscar al infractor en otros registros públicos disponibles. La sentencia deja un mensaje claro a los gestores públicos, ya que la sanción económica y la detracción de puntos son un todo indivisible. Si falla el proceso de notificación, la sanción entera debe desaparecer del expediente del ciudadano.



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