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Un trabajador es despedido dos veces por la misma empresa: el tribunal sentencia una indemnización de 46.000 euros

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Cuando un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal por una afección, ya sea física o mental, conserva intactos sus derechos laborales básicos. Entre ellos figuran la protección de su puesto de trabajo, la percepción de la prestación económica correspondiente y el derecho a que su situación médica sea respetada sin sufrir represalias. En este sentido, cabe destacar que la ley prohíbe expresamente cualquier actuación empresarial que penalice al empleado por el mero hecho de estar de baja médica. Este elemento de seguridad busca evitar que la enfermedad se convierta en un factor de discriminación laboral.

Al mismo tiempo, el trabajador mantiene la obligación de seguir el tratamiento prescrito y no realizar conductas que puedan retrasar su recuperación. Durante este periodo, tanto la empresa contratante como la Seguridad Social pueden realizar controles para comprobar la evolución de la incapacidad. Estos mecanismos buscan garantizar que la baja se ajusta a criterios médicos objetivos y no pueden utilizarse de forma arbitraria para justificar decisiones disciplinarias. El equilibrio entre control y respeto de derechos resulta clave en este tipo de situaciones.

Por su partem la empresa suele recurrir a servicios médicos propios o concertados que evalúan si el trabajador está en condiciones de reincorporarse, mientras que la Seguridad Social realiza seguimientos a través de inspecciones médicas periódicas. Dichos controles deben respetar siempre la intimidad del afectado y ceñirse a criterios clínicos. Es por eso que cualquier exceso o interpretación interesada puede acabar siendo cuestionada en sede judicial. Así lo demuestra una abundante jurisprudencia en materia laboral y uno de los casos más sonados durante los últimos días, donde un empleado fue despedido en este contexto.

Un empleado es despedido dos veces durante su incapacidad

En este contexto, se enmarca el caso de un trabajador que fue despedido dos veces por la misma empresa en apenas dos semanas y que ha terminado con una condena indemnizatoria superior a los 46.000 euros. Los tribunales consideraron que la actuación empresarial careció de la coherencia y las garantías exigidas por la normativa laboral. El conflicto ha puesto de relieve los límites legales de las decisiones empresariales durante una baja médica. También ha servido para reforzar la protección judicial del trabajador enfermo y ratificar el respeto por sus derechos.

El empleado tenía un contrato indefinido y trabajaba como gestor de transporte con un salario mensual cercano a los 3.238 euros. En 2023 inició una incapacidad temporal primero por una cervicalgia y después con motivo del comienzo de un tratamiento psicológico por un cuadro de ansiedad y un trastorno depresivo. Pese a encontrarse en esta situación fue despedido disciplinariamente el 14 de diciembre de 2023, pues la empresa alegó causas disciplinaria para justificar su decisión contractual con el fin de cesar sus relaciones laborales con el implicado.

La compañía contrató un detective para evaluar la vida cotidiana del empleado durante su baja y este dictaminó un exceso de actividad física durante este periodo. El 20 de diciembre de 2023 la empresa remitió un burofax al trabajador comunicándole que dejaba sin efecto el primer despido. Sin embargo, no se probó que existiera una reincorporación real ni que se reanudara la prestación de servicios. Apenas nueve días después, el 29 de diciembre de 2023 la empresa volvió a notificarle un nuevo despido. Esta sucesión de actos fue uno de los elementos clave valorados por los jueces.

La resolución judicial lo declara improcedente

Ante estos hechos el trabajador presentó demanda ante el Juzgado de lo Social de Huesca y, en mayo de 2025, el juzgado declaró el despido improcedente y fijó una indemnización de 46.665 euros en caso de no readmisión. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirmó posteriormente la sentencia al rechazar los argumentos empresariales sobre la anulación del primer despido y una supuesta vulneración de la buena fe por parte del trabajador. Además impuso las costas del recurso a la empresa y cerró definitivamente el litigio.




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