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La Junta publica un Decreto que elimina trabas administrativas y dota de más seguridad jurídica al cazador

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La Junta de Andalucía publicó ayer en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto-ley 2/2026 por el que se aprueban medidas administrativas y fiscales urgentes para la implantación de la licencia interautonómica de caza y para el fomento de la actividad cinegética en Andalucía , que supone un importante avance en la simplificación administrativa y la eliminación de trabas burocráticas al cazador, además de dotarlo de mayor seguridad jurídica. El texto recogido el 12 de marzo de 2026 en el BOJA es resultado del trabajo conjunto de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente y de la Federación Andaluza de Caza desde hace más de tres años para adecuar la normativa en materia de caza , especialmente en lo relativo a trámites administrativos, a la realidad del cazador y de la actividad en el momento actual. La posibilidad de emplear hasta seis perros para la caza a diente o la autorización del visor óptico convencional en todas las modalidades de caza mayor (siempre que se respeten las prohibiciones establecidas en la Ley 8/2003 , y en la Ley 42/2007 ) cumplen con r eivindicaciones que el sector cinegético andaluz venía solicitando desde hace años a través de la Federación. En cuanto a la gestión y trabajo diario de las sociedades de cazadores, el Decreto-ley incorpora importantes mejoras como la supresión de la limitación de superficie mínima para la figura de cotos deportivos de caza o la licitación de montes públicos de acuerdo con lo establecido en la Legislación Patrimonial de las Administraciones Públicas , lo que permitirá seguir apostando por la socialización de la caza en terrenos públicos. El texto legal contempla importantes avances en cuanto a la tramitación de licencias : por un lado, pone en marcha la licencia interautonómica y, por otro, contempla la posibilidad de expedir telemáticamente licencias de caza temporales a extranjeros y cazadores de otras comunidades. Respecto a la licencia interautonómica de caza, se regula la obtención de un documento único que permita la actividad cinegética en las comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, la Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, el Principado de Asturias y la Región de Murcia. El precio de será de 70 euros y la expedición será únicamente por un año , incluyendo la licencia básica de caza en todas sus modalidades, así como la licencia de rehala, sin que por ello sea exigible pago adicional alguno. Al tratarse de una licencia de carácter nacional, los beneficios fiscales de expedición establecidos en la normativa andaluza, o en otras comunidades autónomas, no serán aplicables a la tarifa por la expedición de licencia interautonómica de caza. Además de cumplir con esta reivindicación, el Decreto-ley contempla que Andalucía podrá expedir telemáticamente licencias temporales de caza a personas procedentes de otras Comunidades Autónomas o Estados que pretendan cazar en Andalucía bajo el sistema de tutela.



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