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Todo lo que debes saber para la Renta 2025-2026 que arranca este miércoles: fechas, nuevas deducciones y cambios que pueden hacerte ganar o perder dinero

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La campaña de la Renta llega más tarde que nunca pero con apenas cambios de última hora. Las principales novedades benefician a los contribuyentes con salarios más bajos, a los que acometan obras de eficiencia energética, a los que compren vehículos eléctricos e incluso a los que paguen una cuota del gimnasio o tengan gastos veterinarios. Los más perjudicados, en cambio, serán los inversores, que verán incrementado el tipo que grava las rentas del ahorro. También hay novedades para autónomos, para las ganancias de patrimonio por premios, fondos cotizados (ETF) y Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicavs).

El plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2025 empieza más tarde que nunca, tras la Semana Santa, y será más corto de lo habitual. Las declaraciones de IRPF correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 se podrán presentar desde el 8 de abril -seis días más tarde que en la anterior campaña, que arrancó el 2 de abril-, de forma online, y hasta el 30 de junio, el cierre usual. Para quienes prefieran una atención más personalizada, la presentación por teléfono arrancará el 6 de mayo y la presencial, el 1 de junio. Otra fecha importante a tener en cuenta es el 25 de junio, puesto que será el último día que podrán presentarse las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.

Deducción de hasta 340 euros para quien cobra el SMI

En la campaña de la Renta de 2025 estarán obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores, siempre que los rendimientos del segundo y restantes pagadores superen los 1.500 anuales en conjunto.

También deberán presentar la declaración, independientemente de sus ingresos, aquellos contribuyentes que hayan estado dados de alta como autónomos y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). No obstante, para evitar elevar el mínimo exento y a la vez evitar que los beneficiarios del SMI, que cobraron 16.576 euros brutos al año en 2025, tengan que tributar el IRPF en la declaración de la Renta de 2025 (que se hace en 2026), el Gobierno introdujo una deducción personalizada de 340 euros para compensar la subida salarial. Si los ingresos anuales en 2025 fueron de entre 16.576 y 18.276 euros, la deducción se reducirá en proporción: 340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre el rendimiento y 16.576 euros.

Los parados no estarán obligados a declarar

Este año también se prorroga la no obligación de los parados de presentar la declaración de la Renta. Esta obligación iba a entrar en vigor en la declaración de la Renta de 2024 -presentada en 2025-, pero finalmente el Gobierno ha decidido aplazar esta exigencia por segunda vez. Por tanto, los perceptores de prestaciones de desempleo no tendrán que hacer la declaración, si no superan los límites económicos generales establecidos para el resto de contribuyentes.

Golpe a los inversores

Uno de los principales cambios que afrontarán los contribuyentes en la campaña de este año será el aumento del último tramo de la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro en el IRPF, que afecta a los rendimientos del capital mobiliario' (como intereses y dividendos) y a las ganancias patrimoniales (como la venta de acciones, fondos, criptomonedas o inmuebles) que se integran en la base del ahorro. Así, el tipo marginal máximo estatal, que se aplica a la parte de la base liquidable que exceda los 300.000 euros, pasará del 14% al 15%. Por su parte, para aquellos contribuyentes que tengan su residencia habitual en el extranjero, el tipo marginal máximo aplicable sobre la base liquidable del ahorro se eleva al 30% (frente al 28% anterior).

Novedades técnicas

El gabinete de estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha recopilado los principales cambios, sobre todo, a nivel técnico, llegado el momento de enfrentarse al borrador. Una de las áreas con novedades relevantes es la digitalización y mejora del propio sistema de declaración. La herramienta Renta WEB incorpora nuevas funcionalidades que buscan reducir errores y facilitar el proceso. Entre ellas, destaca el sistema de avisos que afecta a las liquidaciones en las que se relacionen ascendientes o descendientes con rentas entre 1.800 y 8.000 euros. Por primera vez, en esta campaña, el sistema identificará si están o no obligados a declarar, mejora que pretende evitar liquidaciones posteriores por errores cometidos o la presentación de autoliquidaciones rectificativas para subsanarlos.

Asimismo, el programa calculará de forma automática el rendimiento mínimo en alquileres a familiares, una tarea que hasta ahora recaía en el contribuyente. También se han introducido nuevas casillas para gestionar autoliquidaciones rectificativas, permitiendo incluso anular una declaración previamente presentada si no existía obligación de declarar. También se habilitan nuevas casillas para consignar la nueva reducción aplicable a rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.

Los autónomos también se enfrentan a cambios en esta campaña. Se han añadido nuevas casillas para reflejar regularizaciones de cotizaciones en estimación directa, se amplía el desglose en módulos -especialmente en el sector agrícola- y se incorporan mecanismos para ajustar devoluciones de subvenciones.

En el terreno de las inversiones, se introducen novedades para la declaración de ganancias patrimoniales procedentes de premios, fondos cotizados (ETF) y sociedades de inversión de capital variable (Sicav). En el caso de los premios, se diferencian aquellos con fines publicitarios (casilla 0360) de los que no lo son (casilla 0361), mientras que para ETF y Sicav se habilita un nuevo apartado con traslado automático de datos, lo que simplifica el proceso para los inversores.

Deducciones estatales

Más allá de los cambios estructurales, uno de los aspectos clave de esta campaña sigue siendo el amplio abanico de deducciones disponibles. A nivel estatal, se mantienen y refuerzan los incentivos fiscales vinculados a la sostenibilidad. Entre ellos, destacan las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, que pueden alcanzar el 20%, el 40% o incluso el 60% de la inversión, dependiendo del tipo de actuación y del ahorro energético conseguido.

Estas deducciones, prorrogadas hasta finales de 2026, abarcan desde la sustitución de ventanas hasta la instalación de sistemas de energía renovable. Además, se mantienen los incentivos para la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga, con deducciones de hasta el 15% del coste. Asimismo, las ayudas públicas destinadas a cubrir daños personales derivados de catástrofes como la Dana y los incendios forestales quedan exentas del IRPF.

Deducciones autonómicas

Sin embargo, el verdadero potencial de ahorro para muchos contribuyentes se encuentra en las deducciones autonómicas, que a menudo pasan desapercibidas. La compañía española de asesoría fiscal online Taxdown explica que solo el 8% de los contribuyentes se aplica las deducciones autonómicas a las que tiene derecho. Este desconocimiento provoca que 25 millones de contribuyentes que presentan la Renta se dejen de ahorrar unos 9.000 millones de euros al año. De media, cada español puede ahorrar 270 euros en la Renta por deducciones que no se aplica, elevando su devolución desde los 800 euros de media a más de 1.000 euros. Este año hay 30 nuevas deducciones, seis que desaparecen y 92 deducciones que sufren cambios. Estas no suelen venir reflejadas en el borrador, sino que hay que añadirlas manualmente, y alcanzan gastos destinados al deporte, al gimnasio, a los servicios veterinarios, a los hijos, el alquiler, las familias numerosas, la compra de material escolar o la adquisición de gafas, entre otras.

En Asturias, los contribuyentes se pueden aplicar una nueva deducción para las personas celíacas de hasta 100 euros. En Andalucía hay tres interesantes nuevas deducciones: una también para las personas celíacas, otra de gastos veterinarios (100 euros) y una tercera para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva, con 100 euros para la cuota del gimnasio (también se incluye en la Región de Murcia con 150 euros).

En Cataluña destaca el cambio de requisitos en la deducción de alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años que pasa de los 300 euros a los 500 euros en tributación individual y de los 600 euros hasta los 1.000 euros para la tributación conjunta. En Galicia algunas de las nuevas deducciones más relevantes están centradas en ayudas para los enfermos de ELA y/o afectados por la talidomida. Los enfermos de ELA también podrán este año deducirse una parte de los gastos derivados de la enfermedad en Extremadura.

La Región de Murcia, por su parte, ha introducido siete nuevas deducciones, entre ellas, una por la adquisición de vehículos eléctricos, otra para fomentar el ejercicio físico y las actividades saludables y una tercera por la adquisición de gafas y lentes de contacto. En Canarias, Cantabria y Comunidad Valenciana, algunos tratamientos odontológicos pueden reducir la cuota del impuesto hasta en 840 euros, dependiendo de la comunidad. Taxdown destaca, además, que en esta campaña de la Renta hay cambios en los tipos de las escalas autonómicas en Asturias, Canarias y Cataluña.

Dónde podrá el foco la Agencia Tributaria

El último factor a tener en cuenta es que los contribuyentes se exponen a sanciones si no cumplen con sus obligaciones tributarias o lo hacen fuera de plazo. La Agencia Tributaria tiene un plazo de cuatro años para revisar el IRPF, por lo que si desde esta próxima campaña hasta 2030 detecta alguna irregularidad, Hacienda le enviará un requerimiento e iniciará un procedimiento sancionador. La Agencia Tributaria pondrá el foco en los pagos por Bizum, las operaciones con criptomonedas o el uso de neobancos. También pondrá sus esfuerzos en comprobar que los contribuyentes no falseen su residencia fiscal para evadir o reducir el pago de impuestos; en las grandes fortunas; y en alquileres turísticos, cuyos ingresos deben declararse.




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