Muchos futuros jubilados lo desconocen: el servicio militar puede adelantar tu jubilación
La jubilación anticipada voluntaria ha experimentado nuevos cambios en 2026. Desde enero, la edad mínima para acceder a esta modalidad se ha incrementado en dos meses, siguiendo la evolución de la edad ordinaria de jubilación.
De esta forma, quienes hayan cotizado menos de 38 años y tres meses podrán retirarse de manera anticipada a partir de los 64 años y 10 meses. En cambio, aquellos que acrediten al menos 38 años y tres meses de cotización podrán hacerlo desde los 63 años.
Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años, de los cuales al menos dos deben encontrarse dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.
Sin embargo, existe una posibilidad que muchos trabajadores desconocen. El tiempo dedicado al antiguo servicio militar obligatorio puede computarse como periodo cotizado para alcanzar los requisitos exigidos en la jubilación anticipada.
La Seguridad Social recuerda que "los periodos de servicio militar solo computan para alcanzar el periodo de cotización específico en el caso de la jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el límite máximo de un año".
Esto significa que quienes realizaron la mili pueden sumar hasta doce meses adicionales a su historial de cotización si necesitan alcanzar el mínimo requerido para jubilarse antes de la edad ordinaria. No obstante, este beneficio no se aplica a la jubilación ordinaria.
Cómo solicitar el reconocimiento del tiempo de la mili
Para que la Seguridad Social tenga en cuenta el tiempo dedicado al servicio militar, es necesario acreditar oficialmente su realización mediante un certificado específico.
El trámite debe iniciarse ante la Delegación del Ministerio de Defensa correspondiente a la provincia donde residía el interesado cuando comenzó el servicio militar. Para ello será necesario rellenar un formulario de solicitud y aportar una copia del DNI y de la cartilla militar, si se conserva.
Una vez presentada la documentación, el solicitante recibirá un certificado de cómputo recíproco de cotizaciones que acredita el periodo prestado en el servicio militar.
Con ese documento deberá acudir posteriormente a la Seguridad Social para solicitar que dicho tiempo sea incorporado a su historial de cotización a efectos de jubilación anticipada.
También cuenta la prestación social sustitutoria
Las personas que realizaron la prestación social sustitutoria en lugar de la mili pueden seguir un procedimiento similar. En estos casos deberán presentar la documentación acreditativa correspondiente ante los organismos habilitados por la Administración.
El Servicio Social Femenino también puede computar
Desde 2021, las mujeres que realizaron el antiguo Servicio Social Femenino también pueden beneficiarse de esta medida.
Este periodo puede utilizarse para completar los años de cotización exigidos en determinadas modalidades de jubilación anticipada, equiparándose así a los efectos reconocidos para quienes realizaron el servicio militar obligatorio.
De esta manera, tanto los hombres que hicieron la mili como las mujeres que participaron en el Servicio Social Femenino pueden sumar hasta un año adicional para cumplir los requisitos exigidos y acceder antes a la jubilación anticipada.
