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Juanma Lorente, abogado laboralista: “Si no quieres decir el motivo de la baja tu empresa, no tienes por qué hacerlo”

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Cuando un trabajador comunica a su empresa que se encuentra de baja médica, una de las dudas más habituales es hasta qué punto está obligado a explicar qué le ocurre. En muchos casos, la pregunta llega directamente de un superior, de compañeros de trabajo o incluso del departamento de recursos humanos. Sin embargo, la legislación española establece límites claros entre la información que la empresa necesita conocer y los datos que pertenecen exclusivamente al ámbito privado del empleado.

El abogado laboralista Juanma Lorente ha recordado en uno de sus vídeos divulgativos una cuestión que suele generar confusión. Según afirma de manera contundente: “El motivo de tu baja es secreto”. Con esta frase resume un principio básico: la causa concreta que ha provocado una incapacidad temporal forma parte de los datos personales especialmente protegidos relacionados con la salud.

Qué debe comunicar realmente el trabajador

La normativa actual ha simplificado además los trámites relacionados con las bajas médicas. Desde hace unos años, los trabajadores ya no tienen que entregar físicamente los partes médicos a la empresa, ya que la información se transmite de forma telemática entre los servicios de salud, la Seguridad Social y la compañía.

Por ello, la obligación principal del empleado consiste en informar de que no podrá acudir a su puesto de trabajo debido a una incapacidad temporal. Tal y como explica Lorente en su intervención, “lo único que tienes que hacer es avisar por WhatsApp, por correo, por algún medio oficial de la empresa que estás de baja. Se acabó. Ni más datos, ni más razones, ni nada”.

La empresa necesita conocer que existe una situación de baja para poder gestionar la ausencia, organizar sustituciones si fueran necesarias y tramitar los aspectos administrativos correspondientes. Sin embargo, no tiene derecho a conocer el diagnóstico concreto salvo en circunstancias muy excepcionales previstas por la ley.

Los datos de salud tienen una protección especial

La razón de esta protección es sencilla: la información médica está considerada una de las categorías más sensibles de datos personales.

Tanto el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea como la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) establecen salvaguardas específicas para evitar que terceros accedan a información sanitaria sin justificación legal.

Esto significa que enfermedades, tratamientos, diagnósticos o cualquier otro dato relacionado con la salud no pueden ser difundidos libremente ni exigidos por la empresa. De hecho, Lorente recuerda que la revelación indebida de este tipo de información puede tener consecuencias importantes. En sus palabras, “pueden haber responsabilidades, incluso penales, porque son datos muy sensibles”.

¿Puede preguntar el jefe por la causa de la baja?

Preguntar no está prohibido, pero responder no es obligatorio. Muchos trabajadores sienten presión cuando un superior les solicita explicaciones sobre su estado de salud. Sin embargo, desde el punto de vista legal, el empleado tiene derecho a mantener esa información en reserva.

El abogado lo explica de forma tajante: “Si no quieres decírselo a la empresa, no se lo tienes que decir”. Y añade que esta negativa es válida independientemente de quién formule la pregunta: “Ni aunque te pregunte tu jefe, ni aunque te pregunte tu compañero o te pregunte tu amigo del alma que está en la empresa”. En otras palabras, la decisión de compartir o no el motivo de la baja corresponde exclusivamente al trabajador. Como explica Lorente: “La Seguridad Social, médico de cabecera, envía un parte de información a la empresa que contiene la información que tiene que conocer. Ni más ni menos”.

Además, durante el proceso de incapacidad temporal se siguen comunicando las renovaciones y actualizaciones necesarias para que la empresa esté informada de la duración prevista de la ausencia y de los aspectos administrativos relevantes.

Los expertos en derecho laboral recuerdan que la confidencialidad sanitaria es un derecho fundamental vinculado a la intimidad personal. Informar de la existencia de una baja laboral es obligatorio; revelar el diagnóstico, salvo que el propio trabajador quiera hacerlo, no lo es. Conocer esta diferencia permite evitar situaciones incómodas y ayuda a que tanto empresas como empleados respeten los límites que marca la ley en materia de privacidad y protección de datos.




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