Un hombre, condenado a 25 años de prisión tras matar a pedradas a su pareja
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de 25 años de prisión impuesta a un hombre que mató a su pareja a golpes con una piedra en la cabeza y en la cara en diciembre de 2015 en Villena (Alicante).
La sentencia, hecha pública hoy por el TSJCV, confirma otra anterior dictada por la sección primera de la Audiencia de Alicante en junio de este año.
En ella, aunque le absolvió de dos delitos de malos tratos, el tribunal declaró a Juan Carlos H.E. culpable de asesinato con la agravante de parentesco y, además de la pena de prisión, le condenó a indemnizar a la familia de la víctima con más de 400.000 euros.
Los hechos se remontan al verano de 2015, cuando el condenado y su excompañera sentimental reiniciaron su relación sentimental, fruto de la cual habían tenido un hijo quince años antes.
La pareja reanudó la convivencia en un domicilio situado en la calle Ambrosio Cotes de Villena, pero las discusiones comenzaron a ser frecuentes.
Según la Audiencia de Alicante, la víctima, entonces de 39 años y madre de otro menor de edad tenido con otra pareja, se hartó de vivir "en un continuo estado de tensión y hostilidad", rompió con su compañero y le echó de casa.
Juan Carlos H.E. insistió en seguir con ella y la convenció para ir a cenar juntos la noche del 22 de diciembre de 2015 a un restaurante de la localidad.
Durante la cena, el condenado y la mujer volvieron a enzarzarse en una riña, por lo que ambos salieron al exterior del establecimiento y se marcharon del lugar en el vehículo de ella.
La mujer condujo unos kilómetros por la autovía A-31 y se desvió por una vía de servicio, a la altura de la partida El Morrón, donde detuvo el coche porque su compañero estaba "cada vez más alterado y violento".
Fue en este paraje donde Juan Carlos H.E. se abalanzó sobre la víctima y le propinó varios golpes en la cabeza y en la cara con una piedra hasta matarla.
A continuación, el hombre volvió a casa, se duchó, se cambió de ropa y tiró la que llevaba en el momento de la agresión a unos contenedores de basura cercanos.
Ya de madrugada, regresó a la escena del crimen, donde cogió el cadáver y lo arrastró hasta una caseta semiderruida ubicada en el paraje conocido como Casa de Cabanes y Las Fuentes, donde lo dejó ocultó entre las ruinas y la maleza existentes.
La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV ha desestimado ahora el recurso de apelación presentado por el condenado contra la sentencia de la Audiencia de Alicante, en el que pedía su revocación por entender que el delito constituía un homicidio y no un asesinato.
El alto tribunal considera que existió alevosía en su acción, pues para apreciar esa circunstancia agravante basta con que un acusado se "aproveche en cualquier momento y de forma consciente" de la "situación de indefensión de la víctima" y vuelva a agredirla tras el ataque inicial.