Un total de 118 transexuales de Baleares han cambiado el nombre que figuraba en su tarjeta sanitaria
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La citada ley fue aprobada en mayo de 2016 por el Parlamento balear, con un amplio consenso. La proposición de ley originaria había sido presentada por el PSOE, MÉS y Podemos. Por su parte, el PP, Proposta per les Illes (PI) y Ciudadanos, que se encuentran en la oposición, votaron a favor de la mayoría de artículos de la nueva norma. De hecho, fueron aceptadas o transaccionadas 52 de las 79 enmiendas presentadas en su momento. La Ley LGTBI fue validada seguidamente por el Ejecutivo que preside la socialista Francina Armengol.
Con posterioridad, en noviembre de 2016, el consejero de Educación, Martí March, presentó el «Protocolo Trans», creado para el alumnado transexual y transgénero que estudia en los centros educativos de la Comunidad. Dicho protocolo prevé, esencialmente, la adopción de una serie de medidas como, por ejemplo, respetar el cambio de nombre o de vestimenta del alumnado trans, o facilitar que tenga acceso a los baños y vestuarios que le correspondan de acuerdo con su identidad de género.
Fue también en noviembre de 2016 cuando la consejera de Salud, Patricia Gómez, anunció que su departamento modificaría el nombre de pila de los niños y niñas transexuales en las tarjetas sanitarias y en las historias clínicas, con el fin de adaptarlas al sexo con el que se identificasen dichos menores y normalizar, con ello, su realidad también en el ámbito sanitario.
Normativa vigente
Según recordó ayer la Consejería de Presidencia, que dirige Pilar Costa, «el Servicio de Salud dispone de un circuito para reconocer a las personas transexuales el derecho a adecuar el nombre al género sentido en los documentos identificativos y en los registros que dependen de ellos, sin necesidad de disponer de un diagnóstico médico previo». Esta iniciativa afecta a la tarjeta sanitaria —o al documento de asistencia sanitaria equivalente— y a los registros clínicos.
De esta manera, las personas interesadas pueden solicitar el cambio de nombre en la tarjeta sanitaria tanto en sus centros de salud como en los servicios centrales del Servicio de Salud. En los casos de los menores de edad, deben contar con la autorización del padre, de la madre o del tutor legal.
Esta iniciativa se enmarca en las políticas del Govern para «garantizar los derechos» del colectivo LGTBI. De hecho, la mencionada Ley 8/2016 establece que «las administraciones públicas de las Islas Baleares tienen que velar, en cualquiera de sus procedimientos, para que las personas sean tratadas en cualquier ámbito público por el nombre que las representa y por el género con el cual se identifican, y que el ámbito sanitario proporcionará una identidad sanitaria conforme a la identidad social».