El juicio por la ocupación del Palacio del Marqués de Rozalejo se celebrará el 9 de mayo
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El Palacio del Marqués de Rozalejo fue ocupado en septiembre de 2017. Los radicales permanecieron en su interior hasta el 17 de agosto de 2018, fecha en que fueron desalojados por la Policía Foral. Aunque apenas unas horas después, ese mismo día, volvieron a entrar y continuaron desarrollando sus actividades hasta que el pasado 8 de enero una inspección técnica del Gobierno de Navarra que entró por sorpresa en el edificio determinó que había que clausurarlo definitivamente ante el riesgo de que se produjeran accidentes de graves
consecuencias en su interior.
El edificio ha sido utilizado para reivindicaciones abertzales
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Pablo Ojer
El pasado 19 de enero los radicales volvieron a entrar en el edificio y al día siguiente tuvieron que ser nuevamente desalojados por la Policía Foral. Desde entonces el edificio permanece vacío y con las puertas fuertemente blindadas con cemento y planchas de hierro.
Diez testigos
El jucio se iniciará con la declaración como testigos de seis policías forales. A continuación, declararán los 22 encausados y después, también como testigos, declararán la directora de Patrimonio del Gobierno de Navarra, propietaria del edificio, y tres técnicos del mismo departamento.
A pesar de que los abogados de los radicales habían solicitado la comparecencia del consejero de Hacienda, de quien depende Patrimonio, y del jefe de la Policía Foral, el titular del juzgado de instrucción número 4 de Pamplona, que es quien está llevando la causa, ha decidido que no es necesario que participen en el juicio.
El juez considera que el consejero no puede aportar nada puesto que ya intervendrán la directora del servicio de Patrimonio y un funcionario “con conocimiento directo de los hechos”. Respecto al jefe de la Policía Foral, el juez apunta a que “se limitó a la comunicación de indicios compatibles con la eventual realización de obras comunicadas por un vecino. Por lo que “ni su declaración ni la del vecino son susceptibles de aportar elementos de hecho relevantes ni en relación con la ocupación del inmueble ni con la eventual reclamación de daños”.