Tortura y justicia medieval en el Perú
El presidente del Tribunal Constitucional se ha pronunciado con absoluta contundencia en defensa de la Constitución y su razón de ser explícita en su Artículo... Enterate más
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El presidente del Tribunal Constitucional se ha pronunciado con absoluta contundencia en defensa de la Constitución y su razón de ser explícita en su Artículo 1: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”. Es decir, no es la defensa del Estado el fin supremo de una Constitución liberal ni la persona humana ni su dignidad deben estar a su servicio, sino, por el contrario, el Estado y la sociedad deben servir a la persona humana y a su dignidad. Protegiéndolos a ambos se protege a la sociedad y al Estado.
Es en tal sentido que debe entenderse la búsqueda de la verdad y la justicia por parte de la sociedad y del Estado a través del Poder Judicial y del Ministerio Público. El presidente del TC ha advertido que se está haciendo uso y abuso de las denominadas prisiones preliminares y prisiones preventivas, y las ha calificado como sentencias anticipadas que pueden llegar hasta 36 meses (tres años) sin mediar acusación fiscal ni proceso judicial alguno.
Quienes sostienen (fiscales, jueces y periodistas) que estas medidas son necesarias para obtener las pruebas y armar los casos contra “organizaciones criminales” (¡hasta de tres integrantes!) ponen a la verdad y la justicia como el fin supremo de la sociedad y del Estado. Eso no es constitucional. Digo más: es una legalización de la TORTURA pura y simple.
Si para llegar a la verdad y a la justicia está permitida cualquier cosa –es decir, si estas son el fin supremo– entonces el individuo y su dignidad de ser humano les están supeditados. Por eso se explica que se puedan atropellar al individuo y a su dignidad con 36 meses de prisión sin acusación y sin proceso. Sólo en las sociedades medievales la justicia y la verdad son los principios supremos de las sociedades porque así lo determina su sacralización, a través de sus tradiciones tanto en oriente como en occidente. Pero el Perú es un Estado constitucional de Derecho y no está regido por ninguna sharía que regule la vida social.
En un Estado medieval está permitido que la verdad y la justicia (en tanto fines supremos) se consigan a través de la tortura. Aquí se está legalizando la tortura contra la Constitución y se están invirtiendo los fines supremos. Ya nada importa: ni la edad ni la salud de las personas (hay miles de peruanos en esa situación). Tampoco que hagan ejercicio de sus derechos constitucionales a los que se los interpreta como “obstaculización” o “intentos de fuga”.
Los fiscales y los jueces se han convertido en torturadores contra las sentencias del TC, contra las casaciones de la Corte Suprema y contra el Sistema Interamericano de DD.HH. El Congreso, a invocación del presidente del TC, debe abolir la tortura en el Perú de inmediato (la congresista León ha puesto manos a la obra) y poner fuera de la ley a los torturadores. No hay “verdad” ni “justicia” por encima de la dignidad del ser humano.
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