Ley de Amnistía no anula procesos judiciales, afirma abogado - El Nuevo Diario
El abogado y ex fiscal departamental, Boanerges Fornos, explicó que la Ley de Amnistía no anula los procesos judiciales, sino los antecedentes y recomendó no invocar esta legislación, porque estarían legitimándola.
Fornos, quien coordina el organismo Acción Penal, creado a finales del año pasado, afirma que lo que dice la ley es que si había un antecedente de portación ilegal de armas, por ejemplo, ese antecedente no puede salir en el récord de policía, ni la constancia judicial, pero no dice que se deben anular los juicios.
Dijo que la amnistía con el argumento del principio de “no repetición”, genera inseguridad jurídica, porque si el excarcelado incurre en un hecho por lo que anteriormente fue apresado, se le revoca el beneficio.
Fornos subrayó que en defecto la amnistía extingue la acción penal y que se debe dictar una sentencia de sobreseimiento.
“Hace falta que se dicte sentencia de sobreseimiento en todos los casos y hasta que no se haga eso, las causas están abiertas; hay inseguridad jurídica para ellos”, afirmó.
Agregó que por eso los excarcelados van a seguir siendo citados, como en el caso de Miguel Mora y Lucía Pineda.
“La obligación del abogado es asistir a las audiencias y en esas deben hacer su argumentación jurídica”, apuntó.
Fornos recordó que los abogados podrían apoyarse en las siete rutas jurídicas que presentaron el 21 de mayo de este año para lograr la liberación de los manifestantes que se encontraban detenidos en ese momento.
Con estas propuestas se busca libertad plena, segura y con garantía, precisó el coordinador de Acción Penal.
“Cuando se aplica a una de las rutas o propuestas y se obtiene una sentencia favorable y firme, no se puede reabrir el caso”, subrayó.
El experto recordó que una de las rutas o propuestas es que a las personas investigadas y que no han sido acusadas se les aplique “una resolución administrativa del Ministerio Público de falta de mérito o satisfacción de denuncia”.
Otra ruta es que personas que están en audiencia preliminar, que no han llegado a juicio, la Fiscalía puede presentar un escrito diciendo que no hay pruebas y se dicte una sentencia de sobreseimiento o suspensión de un proceso judicial.
Una más puede ser para los que están en proceso de juicio oral y público, a quienes se les debe dictar una sentencia absolutoria, porque las pruebas no son suficientes para declararlos culpables.
“Eso se llama clausura anticipada en base al artículo 305, numeral 3 del Código Procesal Penal”, explicó.
Para los que fueron condenados, pero sin sentencia, recomendó a los abogados hacer las gestiones para que revoquen las condenas ante los jueces de apelaciones. En cambio, para los condenados con sentencia se puede promover una acción de revisión ante los tribunales de apelación.
No reclaman
María Oviedo, del equipo de defensores de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH), afirmó que los abogados independientes no han reclamado la obligatoria aplicación de la Ley de Amnistía.
La abogada defensora señaló que este lunes estaban citados los excarcelados Carlos Alberto Venegas Gómez y Washington Ángel Martínez, de Masaya, quienes salieron con el último grupo de liberados de la cárcel La Modelo, posterior a la vigencia de la Ley de Amnistía, sin embargo, no hubo notificación de cambio de fecha y el judicial lo único que hizo fue informar en sala que el juicio sería reprogramado, sin abrir audiencia para que constara en acta.
“Si bien la posición de la CPDH es rechazar la Ley de Amnistía por ser violatoria de derechos humanos y la impunidad que esto genera, desconocemos las razones del por qué el Poder Judicial no aplica las leyes que son de ineludible cumplimiento”, afirmó Oviedo.
La abogada indicó que los procesos judiciales siguen vigentes y le llama la atención que desde el 10 de junio de este año, que entró en vigencia la ley, debió aplicarse, pero no es así y los jueces están violando lo dispuesto.
Montenegro
Por su parte, Julio Montenegro, abogado defensor de los periodistas Miguel Mora y Lucía Pineda Ubau, consideró este lunes que no tiene sentido que los jueces mantengan en vigor los juicios a los excarcelados que han sido beneficiados con una amnistía.
El abogado se refirió al tema, a propósito de una cita judicial que sigue en vigor para la 9:00 a.m. de este lunes para los periodistas Mora y Pineda Ubau.
Ambos comunicadores, excarcelados el 11 de junio, están citados por el juez Noveno Distrito Penal de Juicio de Managua, Edgar Altamirano.
"No tiene sentido que se siga citando a Lucía (Pineda Ubau) y Miguel (Mora) si hay una Ley de Amnistía que los cubre", subrayó Montenegro.
La Ley de Amnistía decreta la liberación definitiva e inmediata de los manifestantes presos y se publicó el 10 de junio en La Gaceta, Diario Oficial, mismo día que entró en vigor.
Por tal motivo, explicó Montenegro, tanto el Poder Judicial como el Ministerio de Gobernación deben anular los juicios en contra de los beneficiados por la legislación.
"Por disposición de esta ley, las autoridades competentes cancelarán los registros de antecedentes penales de todas las personas beneficiadas por la amnistía", señala la ley.
El abogado explicó que ha pedido al juez Altamirano no seguir con el juicio contra los dos periodistas, porque por ley se debieron cancelar todas las citas y audiencias.
"Voy a presentar, a través de una tercera persona, que ni ellos (Pineda Ubau y Mora), ni yo nos vamos a presentar a los juzgados a esa citatoria judicial", dijo Montenegro, en declaraciones vía telefónica a El Nuevo Diario.
Montenegro dijo en una conferencia de prensa que la autoridad judicial debió enviar una notificación expresando que en vista a la Ley de Amnistía, ya no tenía razón de ser el juicio oral y público que estaba programado contra Miguel Mora, Lucía Pineda, Jaime Arellano, Luis Galeano y Jackson Orozco.
El abogado agregó que la defensa de Miguel Mora y Lucía Pineda Ubau hizo acto de presencia en la cita programada para entregar un escrito donde describía que los juicios no deben estarse programando y se deben anular por completo.
“Desde el 10 de junio, las autoridades debían haber compartido una resolución para cada uno de los casos de los excarcelados donde se describiera que quedan sin efecto cada uno de los procesos y juicios, pero no se ha hecho y no entendemos la razón”, explicó Montenegro.
A Pineda Ubau y Mora, apresados el 21 de diciembre pasado, los excarcelaron el 11 de junio junto con otros 54 manifestantes, la mayoría de ellos líderes de las protestas antigubernamentales del 2018.
Pese a su excarcelación, el canal 100% Noticias, propiedad de Mora y donde Pineda Ubau es jefa de prensa, sigue cerrado y bajo un fuerte resguardo policial las 24 horas.
A los dos periodistas la Fiscalía les imputó varios delitos, incluido el de instigación al odio.