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Июнь
2021

“Palabras a los intelectuales”: una mirada al maniqueísmo desde el Código Penal

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Sesenta años después de aquel discurso basta una mirada desde el Código Penal para ver qué libertades son las que le quedan a los cubanos

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LAS TUNAS, Cuba. — Trascendiendo a la vida de toda la nación, incluyendo al Código Penal, este miércoles las llamadas (o mal llamadas) Palabras a los intelectuales cumplen 60 años. Fue aquel el discurso pronunciado por Fidel Castro en el teatro de la Biblioteca Nacional, clausurando tres reuniones que los días 16, 23 y 30 de junio de 1961 el entonces primer ministro sostuvo con escritores y artistas en los que definiría políticas públicas con una sentencia no siempre bien citada: “Dentro de la Revolución, todo; contra la Revolución, nada”.

Pero alegando que la Revolución significa los intereses de “la nación entera”, Fidel Castro añadió una sentencia de aplicación no sólo para los artistas, sino para todos los cubanos: “Dentro de la Revolución: todo; contra la Revolución ningún derecho. Y esto no sería ninguna ley de excepción para los artistas y para los escritores. Este es un principio general para todos los ciudadanos. Es un principio general de la Revolución”.

Con esas 41 palabras el Comandante en Jefe amordazó a millones de cubanos y mantuvo atareados a policías, soplones, fiscales, jueces y carceleros durante 60 años, hasta hoy. Según Charles-Louis de Secondat, Barón de Montesquieu en El espíritu de las leyes, “todo se habría perdido si el mismo hombre, la misma corporación de próceres, la misma asamblea del pueblo ejerciera los tres poderes: el de dictar las leyes; el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o los pleitos entre particulares”. Eso ocurrió en Cuba el 30 de junio de 1961.

Fidel Castro pronunció el párrafo-mordaza a raíz de la prohibición del documental PM, una película-reportaje de acaso 14 minutos de duración que mostraba una Habana nocturna, bohemia, mientras cientos de milicianos se atrincheran tras los cañones, lo que quizás, hizo sospechar al militarismo castrista un desacato de los artistas.

Pero dado a la oratoria a lo Demóstenes, quizás, el Comandante en Jefe hubiera utilizado como escenario la Biblioteca Nacional y como auditorio a lo que se suponía fuera la conciencia crítica de la nación: sus escritores, cineastas, pintores, poetas y ventrílocuos, aunque, ciertamente, para Fidel Castro y para el Che Guevara, en Cuba no había creadores que, a su vez, tuvieran “gran autoridad revolucionaria”, como tampoco había “artistas de gran autoridad” intelectual.

En ese contexto, y para retirar el manto con que pretenden cubrirse artistas e intelectuales mitómanos, víctimas del síndrome de Estocolmo —cubriendo a la vez a Fidel Castro—, es útil citar al guerrillero argentino, sí, al Che Guevara, para que no se hagan ilusiones los ilusionistas y no olviden cuál es, y ha sido, su lugar.

En 1965, cuatro años después de Palabras a los intelectuales, en el folleto El socialismo y el hombre en Cuba, acerca del arte y de los artistas cubanos, el Che Guevara dijo: “Otra vez se plantea el tema de la relación entre forma y contenido. La desorientación es grande y los problemas de la construcción material nos absorben. No hay artistas de gran autoridad que, a su vez, tengan gran autoridad revolucionaria. Los hombres del Partido deben tomar esa tarea entre las manos y buscar el logro del objetivo principal: educar al pueblo”.

Luego, según el guerrillero argentino, en Cuba no era la literatura, el cine, la música, el teatro, las artes plásticas, la danza, el folclor, la historia, en fin, el intelecto y los sentimientos del ser humano, los llamados a educar al pueblo cubano; a los cubanos debían educarlos “los hombres del Partido”.

Pero más que poetas, maestros o catedráticos, “los hombres del Partido” suelen hacer de legisladores, comisarios, fiscales, jueces y carceleros; así, vemos a los hombres del Partido Comunista de Cuba (y a las mujeres que no es época del machismo guevarista) hacer leyes, perseguir personas, sentarlas en el banquillo de los acusados, sancionarlas y meterlas en la cárcel.

Atendiendo a los miles de “alumnos”-convictos que “los hombres del Partido” mantienen en sus aulas-cárceles en toda Cuba, su labor es eficientísima, siguiendo el articulado del Código Penal, que en su artículo 1 dice: “Este Código tiene como objetivo contribuir a formar en todos los ciudadanos la conciencia del respeto a la legalidad socialista, del cumplimiento de los deberes y de la correcta observancia de las normas de convivencia socialista”.

Pero si en cualquier lugar del mundo civilizado usted ve una manifestación de mujeres, estudiantes, trabajadores o de intelectuales y artistas marchando por las calles —como ahora mismo hay cubanos castrocomunistas residentes en Estados Unidos pidiendo al presidente Biden que levante el embargo a quienes los hicieron huir de Cuba— sepa que los cubanos tienen expresamente prohibido manifestarse de forma independiente por aquella vieja sentencia: “Dentro de la Revolución: todo; contra la Revolución ningún derecho”.

Conceptuado como delito de “sedición”, el artículo 100 del Código Penal sanciona con privación de libertad de “diez a veinte años o muerte” a los que tumultuariamente “perturben el orden socialista”, impidan el “cumplimiento de alguna sentencia, disposición legal o medida dictada por el Gobierno”, afectando la seguridad del Estado o durante “grave alteración del orden público”.

Y si usted ve ciudadanos en Nueva York, Madrid, Miami o en Cali haciendo propaganda política, obras literarias, teatro callejero o cualquier otra forma de expresión oral, o escrita, que critique a dirigentes o instituciones gubernamentales, debe saber que, quien así se exprese en Cuba, puede ser sancionado con privación de libertad de uno a ocho años por el delito de “propaganda enemiga”, según el artículo 103 del Código Penal.

Montesquieu dijo: “de la bondad de las leyes criminales (penales) depende principalmente la libertad del ciudadano”. En Palabras a los intelectuales Fidel Castro afirmó, “la Revolución ha traído al país una suma muy grande de libertades”. Sesenta años después de aquel discurso basta una mirada desde el Código Penal para ver qué libertades quedan a los cubanos luego del Comandante en Jefe sentenciar con aquel juicio maniqueo: “Dentro de la Revolución: todo; contra la Revolución ningún derecho”.

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