La falta de áreas para autocaravanas puede provocar concentraciones en zonas ilegales
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Esta carencia puede provocar improvisadas concentraciones de vehículos en lugares donde no está regulado el estacionamiento y pernocta, según denuncian desde la Asociación de la Industria y Comercio del Caravaning (ASEICAR).
Solo algunas provincias como, por ejemplo, Ciudad Realse han dado cuenta de la importancia del turismo itinerante y su fuerte repercusión económica, creando 20 áreas en sus principales localidades como Campo de Criptana, Alcázar de San Juan o Puertollano entre otras. Sin embargo, provincias tan turísticas como Madrid, Segovia o Cuenca apenas cuentan con 7 u 8 áreas.
Ni siquiera las distintas CCAA tienen normas en común sobre donde se puede estacionar y/o pernoctar. Tampoco hay un criterio común en todas sobre el término estacionar, pernoctar y acampar, aunque algunas CCAA ya han incorporado estos términos en sus decretos turísticos. Desde ASEICAR aseguran que miles de autocaravanistas se tienen que ir informando, por sus medios, de las diferentes reglamentaciones que tiene en cada momento una CCAA u otra, cada provincia e incluso, «en muchos casos, cada municipio, con el caos y la confusión que esto genera».
ASEICAR
José Manuel Jurado, presidente de ASEICAR, pide a las distintas administraciones, especialmente a las autonómicas y locales, que «tengan miras de futuro, que abran las puertas y se decidan a crear estas áreas de autocaravanas para fomentar y aprovechar este tipo de turismo, ecológico, moderno y de futuro». Jurado afirma que España es un país turístico de primer orden «que no puede permitirse el lujo de restarle importancia a esta nueva forma de viaje y ocio, al turismo itinerante. Debemos darle el mismo valor al caravaning que en países vecinos de primer orden internacional como Francia, Alemania o Países Nórdicos«.
¿Qué dice la ley en España?
En España no existe una normativa específica sobre el estacionamiento de caravanas, pero en el artículo 93 del RGC se indica que la regulación de la parada y estacionamiento en vías urbanas, será dispuesta por las ordenanzas municipales de tráfico, pero en el apartado 2 se puntualiza que «En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento».
Aparcar las caravanas en zonas que obstaculicen la vista de cualquier actividad comercial, monumento y paisaje, y dejar la llave del desagüe abierta para verter líquidos y residuos al espacio público o privado será considerado una infracción leve. Sacar mesas, sillas, toldos y emitir ruidos molestos se apreciará de igual forma. Estas faltas sse castigarán con multas de hasta 750 euros.
Será sanción grave acampar fuera de los lugares habilitados para ello (tales como playas) y emitir ruidos al exterior procedentes de equipos de sonido. La multa en estos casos conllevará un desembolso al conductor del vehículo de hasta 1.500 euros. Por último, las sanciones muy graves englobarán verter intencionadamente líquidos y residuos en zonas no habilitadas para ello, deteriorar el mobiliario urbano y obstaculizar el tráfico. Las multas por estos hechos serán de hasta 3.000 euros.Según la legislación española, se puede aparcar una autocaravana en estacionamientos habilitados para ello y mientras se cumplan las normas de tráfico, pero no extender toldo o sillas, verter líquidos o hacer ruido, por ejemplo. La acampada libre no está permitida y en este caso hay que ir a un camping.
En cuanto a los lugares de pernocta, disponen de equipamientos para enchufar el vehículo a la electricidad y para realizar el vaciado de aguas, grises y negras (wc). Se debe hacer un uso adecuado de ello y no vaciar las aguas en cualquier sitio, pues no es una buena práctica ni es ecológico.