La Junta Electoral, obligada a admitir una candidatura más para las europeas
De las 39 candidaturas que se presentaron ante la Junta Electoral Central (JEC) para las elecciones al Parlamento Europeo, este organismo inicialmente proclamó 33 candidaturas, dejando fuera a las seis que no cumplían con los requisitos exigidos.
Sin embargo, una de ellas ha recurrido ante los tribunales, lo que ha llevado a la Presidencia de la JEC a reconsiderar su decisión original y publicar en el Boletín Oficial del Estado una candidatura adicional.
Se trata del Partido Regionalista del País Leonés. Prepal, por su acrónimo, es una formación de ideología regionalista y con ámbito de actuación en las provincias de Salamanca, Zamora y León, el llamado País Leonés. O, de acuerdo con sus estatutos, "las cuarenta y una comarcas naturales de la región Reino Leonés".
Fue fundado en 1980 por Francisco Iglesias Carreño, su actual presidente y cabeza de lista en la candidatura a la Eurocámara, que concurre bajo el nombre de 'Salamanca-Zamora-León Prepal". A lo largo de sus 44 años de historia, el partido se ha presentado en más ocasiones a las elecciones europeas, así como a otras de carácter autonómico o nacional, aunque no han conseguido representación.
Recurso contencioso-electoral
De acuerdo con el calendario que establece el Ministerio del Interior, los partidos y coaliciones disponían de un plazo del 1 al 6 de mayo para presentar sus candidaturas ante la Junta Electoral. Estas se publicaron en el BOE el 8 de mayo y, dos días después, la administración electoral comunicó a los partidos las irregularidades encontradas, para que pudieran subsanarlas en las 48 horas siguientes.
Así, el 13 de mayo se proclamaron las 33 candidaturas que cumplían con los requisitos formales que establece la ley. Tras la proclamación, aquellas propuestas que fueron rechazadas disponían de dos días más para interponer un recurso ante los tribunales.
Fue el caso de Salamanca-Zamora-León Prepal, cuya lista no contaba con los suficientes candidatos. En un primer momento presentaron a medio centenar de personas, aunque después ampliaron la lista hasta llegar al mínimo de 61 candidatos.
Los promotores de la formación interpusieron un recurso contencioso-electoral ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 17 de Madrid "por la denegación de la proclamación de su candidatura en las elecciones al Parlamento Europeo". Este recurso fue estimado, lo que ha llevado a la Junta Electoral a proclamar una 34ª candidatura de cara a los comicios del próximo 9 de junio.
Causas de exclusión
Existen tres motivos por los que la Junta Electoral puede rechazar una lista. Por un lado, lo ocurrido con el partido leonés: que la candidatura no alcance el número suficiente de miembros. En el caso de estas elecciones, esta cifra se sitúa en 61 candidatos, coincidiendo con la cantidad de eurodiputados que se eligen en España.
Asimismo, la JEC excluye las candidaturas que no respeten la paridad exigida, según la cual cada género debe suponer al menos un 40 %, tanto de la lista como de cada bloque de 5 personas. Por último, los partidos o coaliciones deben presentar un conjunto de avales hacia su candidatura, que pueden provenir de 15 000 electores o de cincuenta cargos electos.