El «déficit» de profesionales que acusa el sistema sanitario ha llevado a la Junta de Castilla y León a abrir el abanico de supuestos para autorizar a los médicos que quieran continuar en activo más allá de los 65 años y a «simplificar» los trámites con el objetivo de retener a estos sanitarios. La meta es que sigan los que puedan y quieran para que puedan colaborar, en la medida de lo posible, a paliar la escasez en determinadas especialidades. En todo caso, aquellos facultativos que deseen seguir en la profesión no podrán tener más de 70 años, tal y como marca la legislación estatal. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó ayer una nueva orden en la que argumenta que el objetivo es «garantizar la actividad de prestación de los servicios sanitarios con la mayor eficacia y la continuidad asistencial». Añade, además, que el Plan de Recursos Humanos de 2012, en el que aparece regulada la forma en la que se concede la prolongación del servicio activo, ha cumplido con «los objetivos» que se marcó entonces, pero nada tienen que ver ya con las necesidades actuales del sistema ni con el «déficit estructural» que arrastran algunas áreas. Tampoco se ajusta, indica la orden, a los cambios de la edad de jubilación forzosa introducida por la legislación en materia de Seguridad Social, al aumento de la esperanza de vida o a la «situación problemática actual» del Servicio de Salud de Castilla y León. Por ello, el nuevo documento establece las necesidades organizativas y asistenciales que en la actualidad «exigen» la autorización del servicio activo. Así, incluye como tales la «necesidad de profesionales en la categoría a nivel global en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León por la imposibilidad de cobertura, por los procedimientos de selección y provisión de personal fijo o temporal establecidos legalmente, de la plaza vacante derivada directamente de la jubilación del interesado o de cualquier otra plaza que, siendo de la misma categoría y consecuencia de la jubilación, resulte vacante». Además, se tendrá en cuenta la «conveniencia» o interés en la continuidad del personal interesado por «la relevancia de las técnicas sanitarias que realiza o de los proyectos de investigación o de interés estratégico para la organización asistencial» que lidere y se estén ejecutando, así como «la especificidad de las funciones que realiza o el perfil profesional especialmente cualificado que presenta». A todo esto s e suma el requisito indispensable de tener las capacidades suficientes para poder continuar en el puesto. Junto a esta ampliación de los supuestos, se añade el apartado de «simplificación» de la tramitación de la solicitud ante las «dificultades» en la resolución de las peticiones, con el fin de reducir las «cargas» administrativas a los interesados y responder a las necesidades de profesionales con la máxima «celeridad».