El inicio del resto de la historia, por Rosa María Palacios
Mañana lunes 1 de julio empieza el juicio oral a Keiko Fujimori y sus 38 coacusados, además de dos personas jurídicas (el partido Fuerza Popular y MVV Bienes Raíces, la empresa inmobiliaria de Mark Vito Villanela). Se exhibirán más de 5.900 pruebas y se citará a más de 1.000 testigos. El proceso se presume que tardará un mínimo de dos años, pero podemos apostar que será mucho más. Las imputaciones delictivas son organización criminal, lavado de activos y obstrucción de la justicia. La tesis fiscal sostiene que se lavaron 17,3 millones de dólares en fondos de campaña.
El caso empezó a investigarse el 2014 luego de que se descubriera lo que fue práctica común de la política peruana. Las campañas cuestan y mucho, sobre todo donde la organización partidaria no existe y no hay militancia que cotice. La situación se agravaba porque no existía subsidio estatal para la muy onerosa publicidad en radio y televisión. ¿De dónde salían los fondos? De donaciones clandestinas y anónimas. El problema es que la ley de partidos políticos las prohibía. Era evidente que lo declarado a la ONPE versus lo que se gastaba no era real, pero los partidos trataban de cubrir las apariencias, consignando una recaudación “legal” de fondos para cubrir, a menos, las facturas formales que los medios de comunicación emitían. En ese encubrimiento se inventaron mecanismos como fingir actividades exitosísimas de recaudación, tales como cocteles, rifas o cotización universal de toda la militancia. Actividades falsas o inexistentes. La otra forma era conseguir que decenas de personas naturales aparecieran como aportantes en el tope fijado por ley y así disimular el verdadero ingreso de fuente anónima.
¿Por qué Odebrecht o el Banco de Crédito o las empresas de Juan Rassmuss, principales aportantes a las campañas de Keiko Fujimori, no podían aparecer? Primero, porque la ley lo prohíbe y segundo, y más importante, porque no les convenía. Ha sido práctica común que el empresariado aporte a más de una campaña en el ánimo de generar una vinculación futura. Como jugar a todos los boletos de la lotería.
El fiscal José Domingo Pérez ha tenido éxito contando la historia. Los hechos son incontestables y se ahorraría mucho al país no discutirlos en juicio. Sin embargo, ninguna defensa los ha aceptado. Sostengo, desde el 2014 (no desde ahora, como algunos defensores de Fujimori), que, si bien los hechos son ciertos, la tesis fiscal tiene un problema que terminará en la absolución de todos los implicados en el delito de lavado de activos. Esto no solo vale para Fujimori. Vale también para los Humala (en juicio oral ya por meses) y para todos los demás partidos y políticos implicados.
Recibir donaciones clandestinas para una campaña política es un hecho ilícito, pero no era delito. Recién en agosto del 2019 se incorpora como tipo penal al Código. Tratar de estirar el tipo penal “lavado de activos”, con penas de 20 años, no alcanza. El lavador tiene que saber o poder presumir (lean el Código Penal) que el dinero que recibe procede de un crimen. En el año 2011 era imposible creer que el dinero de Odebrecht, empresa que operaba lícitamente en el Perú, era un dinero manchado. La Fiscalía tiene que probar que Keiko sabía o podía presumir de los negocios ilícitos de Odebrecht. Y de eso la Fiscalía no tiene una sola prueba entre las más de 5.900 que presenta.
Por esta razón es que el acuerdo de colaboración con Odebrecht no incluye ningún caso de donaciones de campaña. Para la defensa de la empresa esos hechos no eran delito ni en Brasil ni en el Perú. “Aumentar Keiko 500”, la famosa frase de la agenda de Marcelo Odebrecht, es real y cierta, pero esa donación, que sí existió, no configura el delito de lavado de activos.
Sin embargo, en un proceso penal la única opinión jurídica que importa es la de los jueces. Han existido varias oportunidades procesales para que, en todos estos años, tanto en el caso de los Humala como el de Keiko Fujimori (los más avanzados) a través de varias excepciones planteadas, los jueces desestimen la imputación fiscal de fondo. Es una lástima que ello no haya ocurrido. Se hubiera servido mucho mejor a la justicia. Esto es responsabilidad exclusiva de los jueces. No de los fiscales ni de la policía, menos de la Diviac.
Por otro lado, los años pasan y la desesperación crece. El pánico no es un buen consejero. Lamentablemente, Keiko Fujimori sí puede ser sentenciada por obstrucción de la justicia. Desde la eliminación de documentos hasta las tratativas con el prófugo exvocal supremo César Hinostroza, pasando por todos los psicosociales que ha montado, una y otra vez, lo único que hace es apuntalar una sentencia por ese delito, que será menor, pero será. Aquí la defensa de Fujimori ha cometido errores garrafales (cosa muy distinta en el caso de los Humala) que van a perjudicar su situación final.
Fujimori centra su ofensiva mediática en los fiscales Lava Jato y en la Diviac. No en los jueces, como han podido notar, a pesar de ser solo ellos los que deciden. Si hay un allanamiento, una incautación, un embargo, una detención preliminar o preventiva, o se declara el proceso de control de acusación terminado, todo, absolutamente todo, depende del juez. No del fiscal. Este último propone, pero solo el juez dispone. Perseguir al fiscal o al policía es una pésima estrategia política y jurídica. Primero, porque pone en evidencia los actos de obstrucción de la investigación y segundo porque es inconducente. No consigue ni ha conseguido, pese a todos los actos de acoso desplegados (incluyendo bandas urbanas como ‘La Pestilencia’), poner fin al proceso. En eso, Keiko Fujimori ha perdido prestigio, tiempo y ha contribuido a su propia condena.
La última de Keiko es regresar al cuento del fraude, otra vez para desprestigiar al fiscal Rafael Vela. Como el trabajo de Willax y Expreso no da resultado por su absoluta falta de credibilidad, ha tenido que salir ella misma para asegurar que las pruebas de un fraude electoral (es decir que involucra los resultados de un padrón de 25 millones de votos) están en un teléfono celular en el que hay conversaciones entre Vela y la exjefa de Prensa de Pablo Sánchez, exfiscal de la Nación, y ahora jefa de Prensa de Jorge Luis Salas Arenas, presidente del JNE. ¿Un fiscal superior se comunica con una jefe de Prensa? Siempre que sea necesario. ¿Cuál es el delito? Y más absurdo aún, ¿con qué autoridad pueden esas dos personas organizar un fraude que solo existe en la imaginación de una pésima perdedora?
Empieza el fin de la historia. Ojalá fuera corta, pero lo dudo.