Vox vuelve a pedir al Supremo que lleve la Amnistía al Tribunal de Justicia de la UE
Vox no se resigna y eleva la presión sobre el Tribunal Supremo para que presente una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y se pronuncie sobre la Ley de Amnistía. Los de Santiago Abascal han presentado un recurso de súplica, al que ha tenido acceso LA RAZÓN y en el que reclaman por segunda vez a la Sala de lo Penal que acuda a Europa para que los Tribunales europeos puedan determinar si la medida de gracia se ajusta o no al Derecho comunitario.
De esta manera, Vox plantea un recurso ante el auto emitido por la Sala de lo Penal el pasado 1 de julio, en el que descartaba presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE porque, a juicio de los magistrados del Supremo, la propia Ley de Amnistía "se ha preocupado de excluir" aquellos "actos tipificados como delito que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea" y, por tanto, no se puede preguntar "si es correcto lo que correctamente ha decidido el legislador nacional al aprobar" la medida de gracia. "Para la viabilidad de este instrumento preordenado a hacer posible la primacía del derecho europeo es indispensable que la redacción de la norma interna ofrezca al órgano jurisdiccional nacional alguna duda respecto de su compatibilidad con el derecho de la Unión. Y no advertimos esa incompatibilidad", recogía el auto del Supremo.
Sin embargo, para Vox esa respuesta no es suficiente porque aduce que el Supremo ha dejado sin dar réplica a la petición de presentar una cuestión prejudicial relativa al otro delito que se imputa a los independentistas, que es la desobediencia, dado que la malversación ha quedado ya fuera de la aplicación de la Amnistía. Con la intención de que el Supremo presente una cuestión prejudicial, Vox recuerda varios de sus argumentos para acudir a Europa y subraya sobre todo que la Amnistía infringe el artículo 49.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
En concreto, el artículo 49.2 dice lo siguiente: "El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o una omisión que, en el momento de su comisión, fuera constitutiva de delito según los principios generales reconocidos por el conjunto de las naciones". Por tanto, a juicio de Vox, este artículo 49.2 supone una "excepción" al principio de las "disposiciones penales favorables retroactivas" (es decir, aplicar la pena más favorable de forma retroactiva cuando ha habido cambios legislativos), que se fundamenta en la "impunidad". "No pueden quedar sin castigo quienes los hayan cometido porque se les aplique una ley penal posterior retroactiva y favorable que haya dejado de incriminar aquel comportamiento", recoge el escrito de Vox, que considera que "este límite o excepción" relacionado con el artículo 49.2 "es lo que infringe" la ley de amnistía.
Además, Vox también recoge una sentencia del TJUE de 2010 que concluye que existe una "prioridad" en la presentación de una cuestión prejudicial a la cuestión de inconstitucionalidad. Ahora mismo, el Supremo tiene la intención de "recurrir" ante el Tribunal Constitucional. "El TC, desde su Sentencia 58/2004, de 19 de abril, viene considerando que la falta de planteamiento de una cuestión prejudicial puede suponer una vulneración de la tutela judicial efectiva", añade el partido de Abascal.